La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos emitió -este lunes- la Licencia General 40 C, que autoriza determinadas transacciones que exporten o reexporten gas licuado del petróleo a Venezuela.
Documentos a los que tuvo acceso Finanzas Digital para indicar que la licencia tiene vigencia hasta las 00:01 horas del 8 de julio de 2025.
Las actividades no permitidas por la Licencia General 40C son las siguientes:
Cualquier pago en especie por petróleo o productos petrolíferos.
Cualquier transacción prohibida por el régimen de sanciones de Venezuela (VSR), o que involucre a una persona bloqueada que no sea Pdvsa, Pdvsa tenga directa o indirectamente una participación del 50% o más, o cualquier persona bloqueada por el Gobierno de Venezuela. Únicamente de conformidad con la Orden Ejecutiva No. 13884 (por la cual se congelaron bienes del gobierno venezolano).
Esta licencia reemplaza en su totalidad la Licencia General 40 B de fecha 10 de julio de 2023.
La OFAC advierte que nada en la Licencia General 40C exime a una persona de cumplir con los requisitos de otras agencias federales, incluido el Departamento de Seguridad de Industria y Comercio.