Los cambios se introdujeron en un esfuerzo por impulsar el turismo del país, haciéndolo más atractivo para que jets privados extranjeros ofrezcan vuelos en Venezuela.
El Instituto Nacional de Aviación Civil (INAC) actualizó el marco legal que regula la operación de aeronaves privadas extranjeras en Venezuela, ampliando así el período de vigencia de diversas licencias emitidas por el país, así como los destinos a los que pueden volar estas aeronaves y reducir el período de validez de las distintas licencias que expide el país. Precio de la tarifa de licencia de funcionamiento.
Se publica nueva normativa en la revista Gaceta Oficial N° 42.82321 de febrero de 2024, dejando sin efecto lo dispuesto anteriormente en Gaceta Oficial N° 41.185 de 3 de julio de 2017.
El abogado aeronáutico Rodolfo Ruiz lo explica en su artículo sitio web Algunos de los cambios que representa este reglamento frente al reglamento derogado, aclaran que se han reducido las tarifas que cobra el INAC por tramitar los permisos de vuelo.
Las licencias de un año se fijaron en 25.000 dólares y ahora suben a 1.860 dólares, mientras que las renovaciones de licencias bajan de 35.000 dólares a 1.422 dólares. Para el período de 90 días, se ajustó de $5,000 a $450. El plazo de 15 días se cotizó en $120, el plazo de 30 días en $230 y el plazo de 180 días en $900.
Por otro lado, se amplían las opciones a la hora de operar vuelos domésticos, al incluirse Canaima y Los Roques como destinos, quedando únicamente la Isla La Tortuga como reservada para aviones nacionales.
Ruiz explicó que se están emitiendo licencias de funcionamiento con vigencia de 7, 15, 30 y 180 días, que se suman a las licencias existentes de 90 y 365 días, mientras que se elimina la licencia de 72 horas.
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Los permisos de siete días se pueden procesar por correo electrónico y permiten que las aeronaves privadas registradas en el extranjero permanezcan en el país por un máximo de siete días. Se podrán tramitar un máximo de dos licencias no consecutivas al mes y un total de seis licencias al año.
En cuanto a la licencia de 15 días, permite al operador realizar vuelos comerciales nacionales entre aeropuertos venezolanos. Debe solicitarse directamente ante el INAC y se limita a tramitar una vez cada dos meses.
Las licencias de 30, 90 y 180 días comparten características similares. La diferencia es que el primero se puede tramitar trimestralmente, el segundo cada 8 meses y el último anualmente.
Finalmente, la licencia de un año requiere la tramitación de un Certificado de Importación Temporal ante la Administración Nacional Integrada Aduanera y Tributaria (Seniat). Además del año, se puede renovar por el mismo período.
A juicio de Ruiz, los cambios se introducen con el objetivo de impulsar el turismo en el país, haciendo más atractivo para los operadores privados extranjeros ofrecer vuelos en Venezuela.
«No cabe duda de que se trata de medidas encaminadas a incrementar el número de operaciones de aeronaves de aviación general con matrícula extranjera en Venezuela, y, por tanto, el cobro de derechos, tasas y contribuciones por vuelos y servicios aeroportuarios inherentes a las actividades antes mencionadas como así como actividades de turismo interno”, enfatizó.
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