Venezuela Informa 31 de enero de 2024, 11:51 Sebastiana Barráez // Archivo El Colegio Nacional de Periodistas (CNP) se ha pronunciado sobre las graves acusaciones realizadas por el Ministerio Público contra nuestra vocal María Sebastiana Barráez Consideremos la conferencia de prensa del lunes 22-01-2024, transmitida por Venezolana de Televisión, donde el Fiscal General del Ministerio Público anunció la orden de aprehensión de 14 ciudadanos -militares y civiles-, entre ellos la abogada penalista Tamara Sujú, directora ejecutiva de Derechos Humanos. Observatorio del Centro de Estudios Latinoamericanos (CESLA) y Lic. María Sebastiana Barráez Pérez, miembro del Colegio Nacional de Periodistas con número 6530, por la presunta comisión de los delitos de traición a la Patria, tentativa de homicidio calificada como dolosa en contra de Nicolás Maduro Moros, acto de tentativa de homicidio considerado cometido intencionalmente en su carácter de gobernadora de la estado de Giaihira, terrorismo y asociación para delinquir, según la solicitud, del 19 de enero al Juzgado de Control Antiterrorista N° 2, respecto del caso Brazalete Blanco.Comienza el 2024 con nuestra Newsletter completa. ¡Registro gratuito! Consideremos que la periodista Sebastiana Barráez negó el 23 de enero de 2024 las graves acusaciones en su contra por parte del Ministerio Público, citando, entre otros argumentos, que los organismos de inteligencia habían fabricado otra actividad con la excusa perfecta para perseguir, generar miedo, amenazar, encarcelar. y tratar de silenciarla. La licenciada Sebastiana Barráez tiene una impecable trayectoria como periodista de investigación informando sobre fuentes militares, así como sobre hechos y sucesos relacionados ocurridos en la frontera con Venezuela durante décadas, además de informar sobre asuntos de interés público, sobre instituciones, funcionarios y comunidades. especialmente en la búsqueda, elaboración y redacción de noticias para los portales Infobae, Costa del Sol FM, Fronteraviva.com, junto con otras comunidades cuyo quehacer periodístico diario forma parte de los nobles deberes del ejercicio profesional, se encuentran amparados por los artículos 3 y 4 de la Ley. sobre el ejercicio del periodismo. Resaltamos que los acuerdos internacionales deben ser implementados en los términos acordados y que el principio Pacta sunt servanda por lo tanto conserva su validez, relevancia y vínculo directo con las garantías constitucionales de derecho, se refiere al respeto a la libertad personal (artículo 44), debido proceso legal. , presunción de inocencia, acceso a la prueba (artículo 49), libertad de expresión (artículo 57) e información (artículo 58), protección del honor (artículo 60), según el artículo 62 (condiciones favorables para participar en actividades públicas). cuestiones), 67 (libertad de asociación), 70 (ejercicio de la soberanía en la política), especialmente los artículos 22 (progresos en materia de derechos humanos) y 23 (tratados internacionales). El Colegio Nacional de Periodistas recuerda la vigencia del principio 13 de la Declaración de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, aprobada por la OEA, sobre la libertad de expresión, en el sentido del uso del poder del Estado, con el objetivo de presionar y castigar a los trabajadores de los medios de comunicación, Venezuela Informaes de la oposición, defensores de los derechos humanos, en función de su línea ideológica, presiones directas o indirectas destinadas a silenciar la labor informativa de los trabajadores de las redes sociales es incompatible con el derecho a la libertad de expresión. La Corte Interamericana de Derechos Humanos en su opinión consultiva No. 5-85 reconoció claramente la importancia fundamental del derecho a la libertad de expresión para la existencia de una sociedad democrática, fuertemente limitada hoy en día en Venezuela, al no existir separación. de poderes. , del Estado de derecho, con el encarcelamiento de más de 258 presos de conciencia, Venezuela Informaes sindicales, defensores de los derechos humanos, estudiantes, periodistas y Venezuela Informaes de la oposición. De acuerdo con este orden de dictámenes, no es casualidad que el 12 de enero de 2024 la Asamblea Nacional continuara discutiendo el proyecto de “Ley de supervisión, regulación, funcionamiento y financiamiento de las organizaciones no gubernamentales y afines” luego de ser aprobado. en Vietnam. En primer debate, en enero de 2023, su proyecto denominado “Ley Antisocial”, que limitaría o afectaría directamente la libertad de asociación. Debido a la gravedad del problema mencionado, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Relatoría Especial sobre Libertad de Expresión (RELE), publicaron el 26 de enero de 2024 un llamado de atención al Estado venezolano para que se abstenga de aprobar un proyecto de ley que limitaría el derecho de asociación, la participación ciudadana en asuntos de interés público, la libertad de expresión y la protección de los derechos humanos. Para hacer posible la democracia consagrada en la Constitución Nacional de 1999 en Venezuela, es necesario que el pueblo pueda controlar total y efectivamente la forma en que se conducen los asuntos públicos y los intereses sociales. Por ello, el Colegio Nacional de Periodistas considera inadecuado intentar criminalizar aún más a reporteros, periodistas, encargados de prensa y defensores de derechos humanos sin conocimiento ni acceso a pruebas, no respetar el ejercicio del derecho a la defensa es reprobable, se presume. inocente, tener derecho a designar un abogado defensor personal, conocer detalles de las circunstancias que se le imputan, violar la garantía del proceso judicial. Resaltamos la validez y efecto de la sentencia de 30 de agosto de 2019 emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Caso Profesor Tulio Álvarez), condenando al Estado venezolano, que considera claramente la utilización de la vía penal en asuntos de interés público. crea intimidación, directa o indirecta, que en última instancia limita la libertad de expresión e impide que esté sujeta al escrutinio público sobre violaciones del sistema legal, como actos de corrupción, abuso de poder, daño a comunidades que exigen información veraz y sin censura. o hegemonía en los medios de comunicación. Por las consideraciones anteriores, el Colegio Nacional de Periodistas (CNP) de Venezuela, apoyándose en lo dispuesto en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de conformidad con el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos y Deberes del Hombre, respecto de Artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículo 4 de la Carta Democrática Interamericana y en especial los artículos 22, 23, 44, 49, 57, 58, 62, 67, 70 y 132 de la Constitución de la República Bolivariana. de Venezuela, según los incisos 4 y 5 del artículo 5 de la Ley de Periodismo, denuncian y advierten: primero) Como otro grave ataque a los derechos a la libertad de expresión, información y debido proceso, se destaca la criminalización de la periodista María Sebastiana Barráez Pérez, amparada en garantías constitucionales y tratados internacionales, convención internacional, cuando se giró la orden de aprehensión en su contra, por iniciativa de el Ministerio Público, las fuerzas de seguridad del Estado de Venezuela y decretados por las instituciones de la administración judicial, desconociendo la importancia de la función social y el interés público que la libertad de expresión, en asuntos de carácter público, en beneficio de los ciudadanos, deben ser debidamente informados, sin censura, sin fronteras, de conformidad con la Carta Magna y la Ley para el Ejercicio del Periodismo. 2) Una vez más, varios altos funcionarios del Ministerio de Obras Públicas y autoridades del Poder Judicial han incumplido las recomendaciones o protocolos de la Misión Independiente de las Naciones Unidas, los cuales fueron aprobados por el Consejo de Derechos Humanos. en el sentido de suspender la implementación de mecanismos que atentan contra la libertad de expresión y la obligación de investigar crímenes contra periodistas, dirigentes sindicales, estudiantes, políticos y otras personas que protejan los derechos humanos. Publicar y comunicar copia de este comunicado a la Relatoría para la Libertad de Expresión de la CIDH, al Mecanismo Especial de Seguimiento para Venezuela (Meseve), a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, al Secretario General firmado por la CIDH. OEA, al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, a la Misión Independiente de Investigación de las Naciones Unidas en Venezuela, al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), al Secretario General de las Naciones Unidas, a la delegación de la Misión de la Unión Europea en Venezuela, a ONG en materia de protección de derechos humanos, a secciones del Colegio Nacional de Periodistas de Venezuela, al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP), a la Cátedra de Derecho Constitucional de la UCV, a la Escuela de Comunicación Social del país y Centros de investigación de medios. En la ciudad de Caracas, a los treinta y uno…
CNP condena graves acusaciones del chavismo contra periodista Sebastiana Barráez
Redacción - Venezuela en Directo
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