Juan Carlos Aptiz, Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Central de Venezuela (UCV), dijo: Efecto Cocuyo Decisión de la Cámara de Administración Política (SPA) confirmó la descalificación Candidato presidencial de la Plataforma Unitaria, María Corina Machado“Esto no es válido”.
“El tribunal usurpó una facultad correspondiente a: sentencia judicial conseguir confirmar la descalificaciónPor lo tanto, esta sentencia es inválida según: Artículo 138 de la Constitución“, argumento.
ÉL artículo citado establece: “Toda autoridad usurpada es ineficaz y nula su actuación”.
Apitz afirmó que “la inhabilitación es una pena adicional a la causa penal” y que el artículo 105 de la Constitución Ley Orgánica de la Contraloría General de la RepúblicaLa regulación que otorga al contralor autoridad exclusiva para imponer tales sanciones es “inconstitucional”.
“Hay decisiones de la Sala Constitucional del TSJ que lo reconocen (que el artículo 105 de la Ley de Auditoría es contrario al texto constitucional) y la posición de la Corte Interamericana de Derechos Humanos es que cualquier inhabilitación política, A caso criminal“No puede ser el resultado de una actuación administrativa, ni tampoco del dictamen de un auditor”, explicó.
Decisión controvertida
La SPA del TSJ fundamenta su decisión en: Decisión No. 01-00-0000285 Según la decisión del 16 de septiembre de 2021, Machado fue inhabilitado por quince (15) años “por su participación en un esquema de corrupción orquestado por el usurpador Juan Guaidó, que derivó en el criminal bloqueo a la República Bolivariana de Venezuela”.
Pero Antonio José Meneses Rodríguez, entonces director de procedimientos administrativos de la Contraloría, no hizo mención a esta decisión.
El 30 de junio, Meneses le dijo a José Brito, miembro de la Asamblea Nacional de mayoría chavista, que Machado “ha sido sancionado mediante una resolución de inhabilitación para ejercer cualquier cargo público”. N° 01-00-000398 Con fecha 13 de julio de 2015.”
En el documento presentado a los medios, el dirigente vender venezuela Había sido inhabilitado por un año, pero se estaba llevando a cabo una investigación patrimonial que condujo a la declaración de responsabilidad administrativa prevista en el artículo 105 de la Ley de Organización del Departamento de Asuntos Financieros. Aunque no especifica la fecha exacta en la que entrará en vigor la inhabilitación adicional de 15 años.
Por ello, el exfiscal del Ministerio Público, abogado Zair Mundaray, dijo: “organizar acciones administrativas”en la cuenta oficial X.
“¿Por qué (Elvis) Amoroso, en los múltiples casos en los que fue contactado por los medios, nunca menciona la Resolución N° 01-00-000285 de fecha 16.09.2021 firmada por él, que supuestamente inhabilitó a María Corina Machado por 15 años? ? El representante legal de María Corina Machado preguntó: “¿Por qué Amoroso no mencionó la inhabilitación por 15 años?”. preguntó. perkins rocha.
El abogado enfatizó que nunca se abrió ningún expediente administrativo contra el candidato opositor después de 2015, y nunca fue notificado para acudir a ningún tribunal a presentar pruebas o argumentos a su favor.
Rocha coincide con Apitz: “Como la inhabilitación es una pena adicional al delito, el TSJ SPA no puede condenar a Machado a inhabilitación por 15 años. Esto sólo puede hacerse eventualmente”. Corte Criminal del TSJ y sólo después de realizar una transacción caso criminal conforme al debido procedimiento.”
“Esta decisión debe estar sujeta al control constitucional. Apitz concluyó: ¿Se siguió el proceso legal? ¿Se le dio derecho a defenderse a María Corina Machado? ¿La Cámara Político Administrativa tenía competencia para aprobar la inhabilitación política? Estas son las preguntas que hay que responder.”