Perkins Rocha enfatizó que, en cualquier caso, la Sala Penal del TSJ puede abrir proceso contra María Corina Machado pero debe haber juicio, porque para ser verdaderamente inhabilitada debe estar vinculada a la comisión de un delito.
El abogado y miembro del equipo jurídico de María Corina Machado, Perkins Rocha, afirmó este lunes 29 de enero que el coordinador de Vente Venezuela no fue inhabilitado por lo que a su juicio no se puede decir que la Corte Suprema de Justicia aprobó una sentencia de 15 años para ocupar un cargo público.
A través de un cable transparente sociedad roja XRocha aseveró que el Departamento Político-Administrativo del TSJ aún no se ha pronunciado sobre el actual reclamo de Machado sino que sólo publicó “un extracto insólito en su sitio web” y que, para los abogados, esa no es una forma correcta de gobernanza para la equidad y por lo tanto no debe ser respaldado.
Enfatizó que la inhabilitación necesariamente debe estar relacionada con un delito y que en ese sentido la Sala Político Administrativa (SPA) del TSJ no puede sentenciar de esa manera a María Corina Machado, señalando que la Sala Penal es el organismo que puede hacerlo. . como tal y siempre que el juicio se lleve a cabo conforme al debido proceso.
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Perkins Rocha enfatizó que la coordinadora de Vente Venezuela no ha abierto expedientes administrativos después de 2015 y que no ha sido citada ni notificada para presentarse ante el tribunal a presentar y presentar pruebas o alegatos a su favor.
1. NO se ratificó la eliminación de María Corina Machado, simplemente porque NO fue eliminada. En la medida en que no pidió la nulidad sino sólo la acción contra la inexistencia del acto;
– Perkins Rocha (@PerkinsRocha) 29 de enero de 2024
3. Dado que la inhabilitación es una pena adicional a una infracción, la SPA del TSJ no puede condenar a MCM a una inhabilitación de 15 años. Esto en última instancia sólo puede ser realizado por la Sala Penal del TSJ y sólo después de la realización de un juicio penal conforme al debido proceso;5.
– Perkins Rocha (@PerkinsRocha) 29 de enero de 2024
5. La Constitución venezolana, tal como lo estipularon las CN anteriores, establece que los derechos políticos no pueden ser privados o limitados por decisiones administrativas. Esto sólo puede hacerse mediante un juicio penal en el que se respete el derecho de defensa del acusado.
– Perkins Rocha (@PerkinsRocha) 29 de enero de 2024
Confirmó el Departamento Político – Administrativo de la Corte Suprema de Justicia viernes 26 de enero inhabilitación impuesta por la Contraloría General a la candidata presidencial unitaria, María Corina Machado, por un período de 15 años.
En la sentencia No. 5, con escrito conjunto de los jueces, se declaró que la solicitud de Machado “no cumplió con los requisitos establecidos y exigidos en el Acuerdo de Barbados”, firmado entre las autoridades de Nicolás Maduro y la reciente Plataforma de Unidad. año, 17 de octubre.
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