La ONG Control ciudadano Así quedó resaltado positivamente en la Ley de Defensa de Guayana Esequiba, que fue aprobada en la segunda reunión por . Asamblea Nacional (MOMENTO) 2020 Hasta el artículo 8, el Estado tiene el deber de defender los intereses de la República ante órganos judiciales internacionales, como la República. Corte Internacional de Justicia (CIJ).
«Las disposiciones contenidas en los artículos 2 y 6 del proyecto de ley son positivas; porque exige que el caso sea defendido sin vacilaciones ante la CIJ permitiendo expresamente actividades de defensa judicial en nombre del Estado y rechazándola con argumentos y razones ante esta institución internacional. pruebas, afirmaciones presentadas por Guyana Laudo arbitral de 1899“Venezuela considera inválido este mecanismo para establecer la línea fronteriza entre ambos países”, dijo en un comunicado Rocío San Miguel, titular de la organización no gubernamental.
Durante el segundo debate del proyecto de ley en el pleno dominado por el chavismo el 9 de enero, el artículo 5 fue incluido en el artículo 2 para los efectos de la ley; El presente artículo “Investigar, localizar, recopilar, asegurar, sistematizar y brindar información relevante sobre la defensa de los derechos de Venezuela en la Guayana Esequiba con el propósito de contribuir a la formulación de políticas públicas y Actividades de defensa judicial y extrajudicial.
“Eliminó la racionalidad”
De manera similar, se agregó un párrafo al Artículo 6 que establece que Venezuela utilizará los medios procesales disponibles para rechazar reclamaciones de cualquier corte o tribunal, incluidos los tribunales arbitrales y la Corte Internacional de Justicia, y ejercerá su autoridad para conocer o resolver asuntos relevantes a su caso. independencia e integridad territorial.
“Esta nueva redacción de los artículos 2 y 6 del proyecto de ley es interesante porque si bien Venezuela acordó en el referéndum consultivo celebrado el 3 de diciembre no reconocer la competencia de la CIJ para resolver la disputa territorial sobre la Guayana Esequiba; Con esta Ley, que se espera sea aprobada próximamente Definitivamente se abrirá la puerta del estado. defender los intereses de la República en esta situación internacional”, afirmó el abogado.
Perdió la “r” de San Miguelacción» Por lo tanto, sostuvo que el caso Esequibo no se puede abandonar en la CIJ, sino que se puede fortalecer la defensa del Estado ante esta institución internacional.
«El próximo 8 de abril Venezuela tiene previsto presentar una contraconmemoración ante la CIJ y tiene la oportunidad de hacerlo con el mayor apoyo experto que ha tenido el país para este fin, independientemente de su posición política, desde Guyana. Esequiba es un asunto de Estado, no de gobierno. Esto contribuirá a la defensa judicial de los derechos de la República Bolivariana de Venezuela sobre el territorio de la Guayana Esequiba, tal como lo establece el proyecto de ley”, advirtió San Miguel.
Presidente de la Comisión de Política Interior de la AN 2020, dios me dio pelo Solicitó posponer la segunda reunión debido a las sugerencias y observaciones que continúan llegando al órgano parlamentario como resultado de las consultas públicas al documento legal, iniciadas el pasado 7 de diciembre.
Apuestan por más correcciones
Cabello enfatizó que la unanimidad sólo llegó a los ocho artículos que se aprobaron y que, a partir del artículo 9, hubo cambios que debieron incluirse como resultado de más de 200 reuniones, que aseguró incluyeron participación pública.
“Esperamos que a medida que avance la aprobación en segundo debate se sigan haciendo ajustes a la redacción de los artículos restantes de este Proyecto de Ley Orgánica para la defensa de la Guayana Esequiba”, dijo la ONG. dicho.
Alguien artículos más controvertidos El número 22 del proyecto de ley aprobado en primera reunión, inhabilitación para cargos públicos contra los acusados de apoyar la posición del gobierno de Guyana en la disputa por el Esequibo.
«Las personas que apoyen públicamente la postura de la República Cooperativa de Guyana en violación del deber previsto en el artículo 130 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de esta Ley no podrán ser postulados para cargos electivos ni desempeñar cargos públicos. El artículo señala que se deben tomar acciones para burlar la Guayana Esequiba o deshonrar los símbolos patrios de la Nación.