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A pocos días de seis años de vocación “La masacre de El Junquit”el Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte Interamericana) conoció el caso en representación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
– Venezuela Informa –
El caso fue radicado bajo el número 14.178 el 11 de octubre de 2023. El caso fue calificado como resultado de “ejecuciones extrajudiciales de Óscar Pérez y otros seis, por agencias estatales en 2018”, se lee en una nota publicada por Organización de Estados Americanos (OEA).
En el informe, Comisión Interamericana concluyó que el uso de fuerza letal por parte del Estado “fue incompatible con las obligaciones internacionales y sostuvo que no se había observado el principio de absoluta necesidad ni se habían adoptado medidas menos lesivas, lo que condujo a la ejecución de siete personas que fueron neutralizadas”.
La Comisión señaló que “las víctimas fueron acorraladas y posteriormente ejecutadas, lo que demostró una violación del derecho a la vida y a la integridad personal”.
– Venezuela Informa –
¿Qué concluyó la Comisión Interamericana?
En su informe, CIDH supongo, creo Estado venezolano responsable de violar los siguientes derechos:
1.- Violación del derecho a la vida (artículo 4.1)
2.- Violación de la integridad personal (Artículo 5.1)
3.- Violación de garantías judiciales (Cláusula 1, Artículo 8)
4.- Violación de la libertad de conciencia y de religión (artículo 12)
5.- Violación de la tutela judicial (cláusula 1, artículo 25)
Por lo tanto, El Comité recomienda al Estado de Venezuela siguientes remedios:
1.- Superar integralmente las violaciones de derechos humanos, tanto materiales como inmateriales.
2.- Investigar diligente y prontamente el incidente para identificar a los responsables y aplicar las sanciones correspondientes. Debido a la gravedad de la violación, el Estado no puede utilizar garantías jurídicas como cosa juzgada, ne bis in idem o designación para evitar esta recomendación.
3.- Proporcionar un mecanismo de no repetición que incluya:
ai) capacita a agentes policiales y militares en estándares internacionales para el uso de la fuerza, incluida la fuerza letal. a.ii) establecer mecanismos plenos de rendición de cuentas por violaciones cometidas por miembros de dichas fuerzas de seguridad.
“La masacre de El Junquit”
El sistema interamericano tomó su nombre “La masacre de El Junquit” sobre el incidente ocurrido la madrugada del 15 de enero de 2018.
Ese día, unos 500 funcionarios “atacaron” la residencia junquito Informe muestra dónde fueron encontrados Oscar Pérez y otras seis víctimas.
Este operativo se produjo al mismo tiempo que se publicaban videos en los que Oscar Pérez y las víctimas se entregaban y expresaban su disposición a iniciar negociaciones.
Sin embargo, las autoridades ingresaron a la casa y utilizaron armas pesadas. Todas las víctimas murieron durante la cirugía.
“Las autopsias y las fotografías publicadas en los medios muestran que las ejecuciones se llevaron a cabo con gracia”. Posteriormente, los familiares fueron amenazados y el Estado no permitió un funeral adecuado.
La CIDH es el órgano principal y autónomo de la Organización de Estados Americanos (OEA)Sus deberes surgen de Carta de la OEA y de Convención Americana sobre Derechos Humanos.
La Comisión Interamericana tiene la tarea de promover el cumplimiento de los derechos humanos en la región y actúa como órgano asesor de la OEA en este tema.
La CIDH está compuesta por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título individual y no representan a su país de origen o residencia.
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– Venezuela Informa –