En el informe recibido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en octubre de este año, la Comisión Interamericana concluyó que el uso de fuerza letal por parte de los Estados “no es consistente con las obligaciones internacionales y considera que no cumple con los principios”. era absolutamente necesaria y no se aplicaron medidas menos lesivas, por lo que se anuló la ejecución de siete personas.
Texto: Héctor Escandell Marcano | Radio Fe y Alegria
Luego de casi seis años de la llamada “Masacre de El Junquit”, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Tribunal de Derechos Humanos) tuvo conocimiento del caso luego de su presentación por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos bajo el número 14.178 el 11 de octubre de 2023.
Según notas publicadas por la Organización de Estados Americanos (OEA), el caso fue calificado como resultado de “las ejecuciones extrajudiciales de Oscar Pérez y otras seis personas, por parte de autoridades estatales en 2018”.
En su informe, la Comisión Interamericana concluyó que el uso de fuerza letal por parte del Estado “fue inconsistente con las obligaciones internacionales y consideró que no se cumplió con el principio de absoluta necesidad y que las medidas que eran al menos más lesivas no debían aplicarse, lo que lleva a a la ejecución extrajudicial”. de los siete estaban discapacitados”.
La Comisión señaló que “las víctimas fueron acorraladas y posteriormente ejecutadas, lo que demostró una violación del derecho a la vida y a la integridad personal”.
Conclusión de la Comisión Interamericana
En su informe, la CIDH considera que el Estado venezolano es responsable de violar los siguientes derechos:
- Violación del derecho a la vida (artículo 4.1)
- 2.- Violación de la integridad personal (Artículo 5.1)
- 3.- Violación de garantías judiciales (Cláusula 1, Artículo 8)
- 4.- Violación de la libertad de conciencia y de religión (artículo 12)
- 5.- Violación de la tutela judicial (cláusula 1, artículo 25)
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En este sentido, la Comisión recomendó al Estado venezolano diversas medidas reparadoras, entre las que destacan la reparación integral de violaciones de derechos humanos, tanto materiales como inmateriales; Investigar proactivamente e identificar prontamente a los responsables y aplicar las sanciones correspondientes.
Asimismo, el organismo multilateral recomienda mecanismos no repetitivos, incluido el entrenamiento de agentes policiales y militares según estándares internacionales sobre el uso de la fuerza, incluida la fuerza letal, así como establecer mecanismos de rendición de cuentas totales por los abusos cometidos por miembros de esas fuerzas de seguridad. .
“La masacre de El Junquit”
El Sistema Interamericano utilizó el nombre “Masacre de El Junquit” para los hechos ocurridos en la madrugada y madrugada del 15 de enero de 2018.
Ese día, unos 500 funcionarios “atacaron” la mansión de El Junquit donde se hospedaban. Óscar Pérez y otras seis víctimas, según el informe.
Este operativo se produjo al mismo tiempo que se publicaban videos en los que Oscar Pérez y las víctimas se entregaban y expresaban su disposición a iniciar negociaciones.
Sin embargo, las autoridades ingresaron a la casa y utilizaron armas pesadas. Todas las víctimas murieron durante la cirugía.
“Las autopsias y las fotografías publicadas en los medios muestran que las ejecuciones se llevaron a cabo con gracia”. Posteriormente, los familiares fueron amenazados y el Estado no permitió un funeral adecuado.
La CIDH es el órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
La Comisión Interamericana tiene la tarea de promover el cumplimiento de los derechos humanos en la región y actúa como órgano asesor de la OEA en este tema.
La CIDH está compuesta por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título individual y no representan a su país de origen o residencia.
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