Los jubilados de Sidor denuncian que la empresa no anunció su retiro dentro del plazo legal y que calculó mal el monto que recibirían como pensión.
Carta: Francesca Díaz | carta caroni
El 7 de junio, trabajadores de la Siderúrgica del Orinoco (Sidor) marcharon al Palacio de Justicia de Puerto Ordaz para interponer una demanda constitucional contra la empresa estatal de protección al trabajador por implementar la jubilación obligatoria, sin pago de pensiones y mal calculado el monto de las pensiones que los empleados pasar a nómina inactiva.
El recurso de apelación fue interpuesto en el Juzgado de Primera Instancia Laboral con Jurisdicción Constitucional de Puerto Ordaz, establecido en el expediente 4P11-0-2023-12, y los querellantes estuvieron representados por el abogado Francisco José Fermín Coffi, corepresentante legal de los trabajadores.José Manuel Guilarte Rodríguez, Hipólito Rafael Cedeño, Candelario Rafael Magallanes, Edgar Arturo Amarista y Emeterio de Jesús Jauregui.
Los trabajadores, todos con más de 40 años de antigüedad continua en la empresa, alegan que fueron obligados a renunciar en condiciones inusuales en violación de la Constitución Nacional, la Ley de Organización del Trabajo, Trabajadores y Empleados (Lott) y el contrato colectivo vigente de sidor. .
En Venezuela, la pensión que ofrece el IVSS es equivalente al salario mínimo, que actualmente es inferior a $130. Los trabajadores de las empresas básicas deberían jubilarse con “el 80% de lo que ganan los empleados socios activos”, aunque las denuncias aseveran que esto no es respetado por la CVG.
Las irregularidades a partir del anuncio de jubilación, según el contrato colectivo, deben hacerse con 6 meses de anticipación para que los trabajadores se preparen; sin embargo, esto fue violado. A cambio, los trabajadores deben recibir sus beneficios cinco días después de la terminación de sus contratos de trabajo, según el artículo 142 de la Lottt, pago que aún no han recibido los afectados.
En última instancia, los trabajadores deben jubilarse, según el convenio colectivo, y recibir el 80% de sus salarios, mientras que los querellantes reclaman solo el 30% de los salarios.
Ante esta circunstancia, piden cautela innominada de suspensión de la jubilación forzosa, cómputos derivados de la jubilación y restitución inmediata del puesto de trabajo a favor de los trabajadores de Sidor que se encuentran en una situación similar, “para proteger sus derechos laborales existe una presunción grave de quebrantamiento de las garantías constitucionales”, con lo que se pretende dejar sin efecto estas pensiones.
Asimismo, en su capítulo V, la denuncia amplía la petición para que las situaciones jurídicas vulneradas, vulneradas, eludidas, disfrazadas, restituidas al denunciante.
Incumplimiento de pago a partir de 2021
Los afectados alegan que desde finales de 2022 hasta enero de 2023 se ha incrementado la suspensión temporal de salarios de los trabajadores pertenecientes al fondo de pensiones de la empresa.
Asimismo, Correo del Caroní ha dado seguimiento a las denuncias de grupos de jubilados de diversas empresas pertenecientes al Grupo Guayana Venezolano (CVG), quienes aseguran que a partir de 2021 la empresa dejó de pagar prestaciones, presuntamente por falta de recursos, pero continuó para jubilar a los trabajadores. Esta situación deja a las personas mayores sin recursos económicos ante el final de su vida laboral activa.
“Estamos ofreciendo una salvaguardia constitucional porque la mayoría de los accionistas de Clase B se ven obligados a jubilarse. Los mayores están protegidos y tienen derecho al trabajo tal y como estipula la Constitución, la Ley del Trabajo, la Ley de Mayores… Sin embargo, hoy toca demandar para intentar reparar el daño causado a los trabajadores. Venimos a CVG a solucionar el problema de los jubilados y pensionados”, dijo Jonis Luna, trabajador de Sidor e integrante del Comité Único de Accionistas Clase B.
CVG Política
En abril, un grupo de 120 jubilados de Ferrominera Orinoco informaron al diario que estaban en una situación similar, luego aseguraron que recibían una pensión de menos de $10 y que los habían inhabilitado para “tirarlos a la calle a morir de hambre”.
Cabe señalar que en Venezuela, la pensión que ofrece el Instituto Venezolano de Seguridad Social (IVSS) es equivalente al salario mínimo nacional, que actualmente es inferior a $130. Los trabajadores de las empresas básicas deberían jubilarse con “el 80% de lo que ganan los empleados socios activos”, aunque las denuncias aseveran que esto no es respetado por la CVG.
En febrero, 195 jubilados de la matriz CVG dijeron que llevaban más de 3 meses esperando el pago de su asistencia social sin recibir respuesta a su solicitud al respecto. Durante el mes de junio, los trabajadores continuaron sin recibir salarios, lo que significa que se retrasaron más de 6 meses. A pesar de no cobrar, los trabajadores fueron trasladados a la nómina de pensiones con una reducción salarial que, según su declaración, fue de hasta un 35%.
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