En una circular enviada a las instituciones bancarias del país, la Sudeban estipuló que las entidades deberán presentar planes de implementación de tecnología sin contacto o sin contacto para la aprobación previa del regulador y deberán fortalecer las medidas de control para evitar fraudes con este tipo de tarjetas financieras.
Este lunes 27 de noviembre, la Sudeban envió una circular a todas las instituciones bancarias, empresas emisoras o administradoras de tarjetas de crédito, tarjetas de débito, tarjetas prepago y otras tarjetas financieras o de pago, otros dispositivos electrónicos, organizaciones de tecnología financiera y redes interbancarias, sobre la implementación y uso de Tarjetas sin contacto o tecnología de proximidad sin contacto. A través de la carta ordenó fortalecer los parámetros de seguridad y establecer límites cuantitativos para el uso de este tipo de herramientas.
En Circular N° 07735 de 27 de noviembre de Autoridad nacional de supervisión de organizaciones del sector bancarioestipula que las entidades deben presentar planes para implementar esta tecnología a los reguladores para su aprobación previa y deben fortalecer los controles para evitar prácticas fraudulentas.
Similar, Exigir a los organismos de gestión que fortalezcan las funciones de seguimiento de operaciones realizadas con tarjetas sin contacto “para detectar en tiempo real transacciones irregulares o inusuales realizadas por los clientes”.
En cuanto al importe límite diario para pagos sin contacto, Deberán actualizarse al menos semestralmente. “basado en estudios de la Unidad para la Gestión Inclusiva de Riesgos (UAIR)”.
“El monto puede ser por una transacción o la suma de varias transacciones durante el día, brindando alternativas para que el cliente pueda parametrizar (sin exceder el límite diario) en cualquier medio electrónico”, señala la circular enviada a los bancos.
Las regulaciones también requieren un factor de autenticación de tipo 2 para realizar pagos con tarjeta sin contacto cuando excedan el monto límite diario inferior (MLID).
En este sentido, la Sudeban estableció que La tarjeta de proximidad sin contacto debe insertarse en el terminal de pago. con el fin de validar los parámetros de autorización para operaciones de pago (cédula de identidad, tipo de cuenta y contraseña) en caso de que el valor de la transacción o el total de transacciones del día exceda el Monto Límite Superior Diario (MLSD).
También dicta la configuración de parámetros que permiten al cliente habilitar o restringir el uso del servicio.
Las entidades deberán activar el sistema por medios electrónicos o SMS para notificación inmediata de operaciones realizadas utilizando herramientas sin contacto proporcionar al cliente información detallada sobre la fecha, hora, tipo de operación, número de serie o referencia de la operación, canal electrónico utilizado y el nombre y teléfono de la organización.
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