La norma anterior establecía las tarifas de flete en bolívares y dividía los precios por localidad y distinguía la distancia por cada 25 kilómetros recorridos, a diferencia de la nueva normativa, que divide rutas planas y montañosas, y rutas por debajo y por encima de los 750 km.
El Departamento del Petróleo regula una tarifa fija en dólares para el transporte terrestre de productos derivados de los hidrocarburos. En resumen, dolarizó las tarifas de transporte para distribuir combustible en todo el país.
Mediante Gaceta Oficial N° 42.667 de fecha 10 de julio de 2023, el Ministerio de Petróleo ha publicado una Resolución en la que se estipulan estos montos en función de la cantidad de kilómetros y el tipo de ruta que deben recorrer los vehículos de carga para el transporte de combustible.
“Se fijan las tarifas de flete para el transporte terrestre de productos derivados de los hidrocarburos, desde las plantas de abastecimiento propiedad de Petróleos de Venezuela (PDVSA) hasta los puntos de venta en el mercado interno y clientes. Última fila”, indica el documento.
De esta forma, se deja sin efecto la regla previamente establecida en la Resolución N° 112, de 11 de octubre de 2013, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, N° 40.273, de 16 de octubre de 2013.
El reglamento anterior establecía las tarifas de flete en bolívares y dividía los precios por localidad. Por ejemplo, transportar combustible en Guatire es más caro que en Maturín. Además, cuenta con una báscula que aumenta el ritmo cada 25 km.
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Las nuevas directrices prevén una tabla mucho más sencilla que distingue únicamente entre rutas llanas y montañosas, distinguiendo entre tránsitos cortos, por debajo de los 750 km, y transbordos largos, por encima de los 750 km. Los precios son los siguientes:
Tipo de interés fijo:
- De 0 a 750 km: $1.9951 por kilómetro recorrido.
- Más de 750 km: $1.4396 por kilómetro recorrido.
Tarifa montaña:
- De 0 a 750 km: $2.1946 por kilómetro recorrido.
- Más de 750 km: $1.5836 por kilómetro recorrido.
La resolución destaca que estas tarifas “incluyen los gastos administrativos y de servicios públicos”. Adicionalmente, aclara que, aunque están fijados en dólares, pueden pagarse en bolívares.
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