La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia aprobó la sentencia 031 del Colegio Electoral de fecha 22 de agosto pasado, que confirmó la victoria del candidato Nicolás Maduro en las elecciones presidenciales del pasado 28 de julio.
Esta decisión de la Sala Constitucional está contenida en la decisión 0211, publicada la tarde de este viernes y redactada en conjunto por cinco jueces.
De esta manera, la Sala Constitucional declaró inadmisible la objeción de los ex candidatos Enrique Márquez, Henry Falcón y Jesús Torrealba, exigiendo una revisión de la decisión N° 031 del Colegio Electoral.
Magistrados de la Sala Constitucional confirmaron que la Sala Electoral es el órgano competente para resolver las controversias que surjan en cualquier proceso electoral. Y en ese sentido, afirmaron que retoman el polémico llamado electoral del presidente Nicolás Maduro para “confirmar de manera irrestricta y clara los resultados del proceso electoral celebrado el 28 de julio de 2024”.
En el marco de este procedimiento relativo a la impugnación electoral controvertida, dicha Sala recabó y examinó todas las pruebas necesarias conforme a los hechos y al derecho, incluido un peritaje amplio, detallado y completo, en el ámbito de lo previsto en la legislación legal. . Este peritaje fue perfectamente realizado con las garantías necesarias, confirmando la indiscutible integridad de los resultados anunciados por el Consejo Nacional Electoral, que demostraron que el candidato electo para el período presidencial 2025-2031 es el ciudadano Nicolás Maduro Moros. El actual Presidente de la República Bolivariana de Venezuela.”
Todo este procedimiento realizado por la Junta Electoral también fue confirmado por la Sala Constitucional, y así también quedó reflejado en la decisión anunciada la tarde del viernes. En ese contexto, los jueces constitucionales dicen que “la voluntad del pueblo venezolano fue expresada a través del proceso electoral celebrado el 28 de julio de 2024”.
La Sala Constitucional también recordó que con esta decisión de la Junta Electoral surge en la ley lo que se llama “cosa juzgada”, que deja fijo lo decidido anteriormente.
También recordó que los tribunales de justicia, que tienen competencia en asuntos relacionados con las elecciones, constituyen “el último recurso para la resolución de estas cuestiones, como garantes del Estado de Derecho y de la Democracia Constitucional” en el mundo.
La decisión publicada por la Sala Constitucional transmite los puntos principales de la decisión del Colegio Electoral que confirma la victoria de Maduro en las elecciones presidenciales.