La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) condenó este jueves al Estado de Venezuela por la detención arbitraria e ilegal así como la violación de las garantías judiciales del general de brigada retirado del Ejército Ovidio Jesús Poggioli Pérez.
En su decisión notificada a las partes, la Corte Interamericana afirmó que Venezuela era “responsable a nivel internacional por la violación de los derechos a la libertad personal, a la integridad personal, a la dignidad, a las garantías judiciales y a la protección judicial” tras la detención ilegal y arbitraria de Poggioli. . así como las violaciones al debido proceso que sufrió en el marco de dos casos ante la justicia penal militar.
“El tribunal dictaminó que la detención del Sr. Poggioli por parte de la Dirección de Inteligencia Militar fue ilegal debido a la ausencia de una orden judicial y la falta de un caso penal claro, y que se violó su derecho a ser informado sobre los motivos de su detención. Se afirma en la sentencia “no informarle del motivo de su detención”.
Los hechos del caso sucedieron en el contexto de la movilización social en Venezuela entre diciembre de 2001 y abril de 2002; El 19 de abril de 2002, el Ministerio de Defensa ordenó proceso judicial militar contra Poggioli por presuntos delitos. Sin especificar los cargos, se trata de un delito militar.
La defensa de Poggioli interpuso una demanda de amparo constitucional, buscando la anulación del proceso penal adoptado por la Sala Constitucional, que suspendió el caso en 2002.
En diciembre de 2003, Poggioli fue detenido por la Dirección de Inteligencia Militar sin orden judicial y sin que se conocieran los motivos de tal privación de libertad. Posteriormente se abrió una segunda causa penal contra él en 2004, y se le acusó de incitar a un motín militar. Finalmente, fue condenado a 2 años, 5 meses y 10 días de prisión en 2005, y obtuvo plena libertad en 2006.
“En el presente caso, el señor Poggioli, quien no era militar en activo, fue juzgado por la jurisdicción militar, lo que constituyó una violación de su derecho a ser oído por un tribunal competente (…) La Corte consideró que el Estado había Violó este derecho en el proceso iniciado en 2002, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. “La conclusión de que el pedido de protección no estaba suficientemente fundamentado en la solicitud de protección constituyó una violación adicional de las garantías judiciales”, explica CourtIDH. .
Debido a las violaciones denunciadas, la Corte Interamericana ordenó a Venezuela tomar todas las medidas judiciales, administrativas y de otro tipo necesarias para invalidar las investigaciones penales militares iniciadas contra Poggioli, así como imponer límites a la competencia de los tribunales militares. La jurisdicción se aplica sólo al personal militar activo. También será responsable del pago de las cantidades relacionadas con daños materiales y morales, costas y gastos. Venezuela Informa