El Consejo Nacional Electoral confirmó este lunes en un comunicado que, a casi un mes de las elecciones presidenciales, el TSJ cumplirá las instrucciones dadas por la Junta Electoral luego de su peritaje sobre los resultados y continuará publicando los resultados “definitivos” a medida que avanza. sigue: Artículo 155 de la Ley para el Reglamento de Procesos Electorales.
En su comunicado, el CNE confirmó la elección de Nicolás Maduro para el mandato 2025-2031, según el proceso electoral, y se refirió a la decisión del Colegio Electoral que declaró la impugnación electoral impugnada para realizar su peritaje sobre los resultados electorales. los presidenciales.
“Con base en el informe elaborado por expertos electorales nacionales e internacionales, el experto aprobó el material electoral sin objeciones y confirmó categóricamente los resultados de las elecciones presidenciales publicados por el CNE”.
“Asimismo confirmó el ciberataque masivo que sufrió nuestro sistema electoral y nos llamó a publicar los resultados finales de conformidad con lo dispuesto en el artículo 155 de la Ley Orgánica del Proceso Electoral”.
Todos los rectores firmaron este lunes excepto Juan Carlos Delpino, quien declaró que los resultados anunciados por Amoroso carecieron de transparencia.
¿Qué dice el artículo 155 de Lopre?
“El CNE ordenará la publicación de los resultados de los procesos electorales en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela dentro de los treinta días siguientes al anuncio de los candidatos seleccionados.”