Hubo seis crímenes Ministerio Publico (MP) argumentó que el opositor Edmundo González Urrutia justificó una orden de aprehensión emitida por un juez el 2 de septiembre, antes de la salida del embajador de carrera a España.
El juez Edward Briceño firmó la orden de aprehensión, alegando que se cometieron los delitos de usurpación de cargo, falsificación de documentos públicos e instigación a la desobediencia a la ley, conspiración y sabotaje destinados a dañar el sistema y la asociación.
Sin embargo, la Fiscalía aprobó la solicitud de alerta roja de Interpol para González Urrutia, quien se encuentra actualmente en territorio español, sumando cuatro nuevos delitos contra el exdiplomático, que derrotó a Nicolás Maduro en las elecciones, según el 85,3% de las actas electorales difundidas por la oposición. . En las elecciones presidenciales del 28 de julio se obtuvo el 67 por ciento del 30 por ciento de los votos.
Si bien el Fiscal General Tarek William Saab afirmó que el proceso penal contra el opositor se cerraría una vez que González Urrutia viajara a España con el salvoconducto permitido por el gobierno nacional, emergen los siguientes delitos que los Diputados apuntaron contra Interpol: Desconocimiento de las instituciones estatales , contra la complicidad de la paz pública en el uso de actos de violencia, la difusión de información errónea, la ignorancia de los resultados electorales para crear ansiedad pública y la legitimación del terrorismo. letras mayúsculas añadidas a las seis letras mayúsculas mencionadas anteriormente.
Las acusaciones del diputado
1.- Usurpación de funciones. Este delito está prescrito por la ley. Artículo 213 Código Penal Venezolano: “El que indebidamente emprenda o desempeñe funciones públicas, civiles o militares, será reprimido con prisión de dos a seis meses”.
En sus declaraciones públicas y declaraciones firmadas, Edmundo González se declaró presidente electo en las elecciones del 28 de julio. Antes de escrutar los resultados, la Fuerza Electoral declaró ganador a Maduro con el 51% de los votos, por encima del 43% que recibió el candidato opositor, sin mostrar los conteos, atender denuncias de fraude de la oposición y publicar los resultados en Gaceta. lo hubiera logrado.
2.- Falsificar un documento público. Este delito está registrado en el artículo 319 del Código Penal. “Es la persona que falsifica la copia de cualquier acto público por cualquier método, asumiendo el original o cambiando la copia real, en definitiva, haciendo una copia falsa de manera que falsifique total o parcialmente un documento. “Será sancionado con prisión de seis a doce años la persona que se disfrace de vehículo público o altere dichos documentos u obtenga documentos oficiales usurpando una identidad que no le corresponde.”
El diputado se refiere aquí a la publicación en el portal de las actas de votación del 83,5% de las mesas recogidas por los testigos electorales de la Plataforma Unitaria Democrática. resultadosconvzla.com Como prueba de la victoria de González Urrutia en las urnas.
3.-Incitación a desobedecer la ley. Este apartado del artículo 283 del Código Penal contiene las siguientes declaraciones: El que públicamente o por cualquier medio incite a otra u otras a cometer actos ilícitos será castigado únicamente por provocación.
Al igual que la Venezuela Informa de la oposición María Corina Machado, Edmundo González pidió a los ciudadanos que sigan decididos a defender los resultados de las elecciones del 28 de julio y a ejercer la máxima presión sobre la comunidad internacional para que acepte negociar la salida pacífica de Maduro del poder.
4. Conspiración. El artículo 132 del Código Penal dice: “El que conspirare, dentro o fuera del territorio nacional, para destruir la forma política republicana que ha asumido la Nación, será reprimido con prisión de ocho a dieciséis años”. Este fue uno de los métodos más utilizados por el gobierno venezolano para perseguir a los diputados de la Asamblea Nacional de mayoría opositora entre 2016 y 2020.
La oposición venezolana, en este caso el chavismo, de acuerdo con el exdiplomático Maduro, pretende dar un golpe de Estado contra el gobierno al no reconocer a Nicolás Maduro como presidente reelegido.
5.- Desconocimiento de las instituciones gubernamentales. El MP se refiere al artículo 216 del Código Penal: “El que utilice violencia o amenazas para impedir o perturbar las reuniones o el funcionamiento de órganos judiciales, políticos, electorales o administrativos legítimamente establecidos o de sus representantes u otras autoridades o instituciones públicas, o que utilice violencia con el fin de influir en sus actividades.” o quienes utilicen amenazas serán castigados con las penas señaladas en el artículo anterior, es decir, prisión de dos a cinco años.
Desde la perspectiva del poder político en Miraflores, González Urrutia ignorará no sólo al Poder Electoral, organismo que administra las elecciones en Venezuela, sino también al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), que confirmó la elección electoral en una decisión del 22 de agosto. El resultado fue a favor de Maduro y declaró el asunto como “cosa juzgada”.
6.-Complicidad en el uso de actos de violencia contra la paz pública. Artículo 218 del Código Penal venezolano: “El que empleare violencia o amenazas contra personas citadas por cualquier funcionario público en el ejercicio de sus funciones oficiales o en apoyo de éste, será reprimido con prisión de un mes a dos años.
prisión Será:
1. De tres meses a dos años si el hecho fue cometido con arma blanca o de fuego.
2. Si el hecho se comete con cualquier tipo de arma, en una reunión a la que asistan cinco o más personas, o desarmado en una reunión a la que asistan más de diez personas, y conforme a un plan acordado, por un período de uno a cinco años.
Si el acto tiene por objeto impedir la captura del autor o de uno de sus familiares próximos, la pena prevista en el primer párrafo de este artículo será de prisión de un mes a diez meses o de prisión no inferior a tres meses. artículo actual. En el caso del primer cargo se impondrá la pena de prisión de dos años a veinte meses, y en el caso del segundo cargo, de seis años a treinta meses de prisión.
3. Si la Resistencia fuere contra Agentes de Policía sin arma blanca ni arma de fuego, únicamente para eludir una detención que los Agentes intentaron efectuar por delitos menores cometidos por el detenido, la pena será únicamente de uno a seis meses de prisión. .”
Diputados y portavoces del chavismo madurismo culpan a la oposición de más de 20 muertes ocurridas durante las manifestaciones contra los resultados electorales del 29 y 30 de julio. Entre los muertos se encontraban miembros de las fuerzas de seguridad.
7.- Difundir información falsa, ignorar los resultados electorales y causar preocupación pública.. Artículo 297-A del Código Penal: “Se castiga con pena de prisión toda persona que provoque pánico o malestar en la sociedad mediante información falsa difundida a través de publicaciones impresas, radio, televisión, teléfono, correo electrónico o folletos. de dos a cinco años”.
8.- mal sabotajeaños en sistemas. Artículo 7 de la ley especial contra los delitos cibernéticos: “Será sancionado con prisión de cuatro a ocho años y cuatrocientos años de prisión”. A una multa de ochocientas unidades tributarias”, se lee en parte del artículo.
Mientras el Poder Electoral emitía su primer boletín de resultados a favor de Maduro, denunció un presunto ataque informático que detuvo la transmisión de resultados desde los centros de votación a la sala de acopio del CNE. Hasta ahora, la junta electoral se ha escondido detrás del sabotaje al no mostrar las actas de votación ni publicar los resultados en su sitio web, que aún no está disponible.
9.- El sexto crimen imputado a Edmundo González Urrutia por el ordenamiento jurídico venezolano, asociación. Este artículo, recogido en el artículo 37 de la Ley de Lucha contra la Delincuencia Organizada y el Financiamiento del Terrorismo, dice: La persona que sea miembro de una organización delictiva organizada será sancionada con prisión de seis a diez años sólo por participar en este delito.
10.- lavado de dinero. Artículo 35 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y el Financiamiento del Terrorismo: “La persona que posee o posee capitales, bienes, fondos, activos o intereses, sabiendo que provienen directa o indirectamente de una organización terrorista, por sí o por interpuesta persona. Quienes se dediquen a actividades ilícitas, serán reprimidos con prisión de un año a quince años y multa igual al valor del incremento de bienes adquiridos ilícitamente.
La misma pena se aplicará a quien, por sí o por interpuesta persona, realice las siguientes actividades: 1.- Convierta, transfiera o transfiera por cualquier medio bienes, capitales, haberes, intereses o excedentes con el fin de conservarlos. o para encubrir el origen ilícito o ayudar a cualquier persona involucrada en la comisión de dichos delitos a evitar las consecuencias jurídicas de sus actos. 2.- Ocultación, ocultamiento o imitación de la naturaleza, origen, lugar, disposición, destino, movimiento o posesión de los bienes o de los derechos legítimos sobre los mismos. 3.- Adquisición, posesión o uso de bienes como consecuencia de delito. 4.- Protección, inversión, transformación, conservación o administración de bienes o capitales resultantes de actividades ilícitas.
Los capitales, bienes o activos objeto del delito de blanqueo de capitales serán decomisados o decomisados
Interpol no responde a la persecución política
El abogado de González Urrutia, José Vicente HaroSe negó a pronunciarse sobre el tema por “estrictas razones de seguridad”, por lo que debe ser el propio exdiplomático o la Plataforma Unitaria Democrática quien decida la postura.
El 7 de noviembre, el exdiplomático atribuyó la nueva actuación de la Fiscalía a su trabajo en el exterior. Se respeta la voluntad popular del pueblo venezolano.
“Estamos llevando el mensaje de la victoria indiscutible del deseo de cambio de los venezolanos, las vulneraciones de derechos y las acciones posteriores a todos los órganos de decisión del mundo. La voluntad del pueblo venezolano no sólo será reconocida sino también respetada por todos. Estamos trabajando para que esto suceda”, escribió en su cuenta de la red social X.
El diputado y ex fiscal adjunto Zair Mudaray recordó que el estatuto de Interpol prohíbe indefinidamente el uso de advertencias por persecución por motivos políticos, religiosos y raciales.
“Nunca ha habido en Venezuela un funcionario público más improvisado y desconocedor del alcance de sus funciones que Tarek Wiliam Saab (…) Venezuela debería ser suspendida de Interpol porque una organización criminal como el régimen que tomó el poder no puede utilizar la cooperación policial mecanismos. “Estos están fuera del Estado de derecho”, afirmó.
De hecho, el 8 de noviembre, un portavoz de Interpol dijo a la agencia de noticias Venezuela Informa que el artículo 3 del estatuto de la organización establece que “prohíbe cualquier uso de nuestro sistema por razones políticas», sobre la demanda contra González Urrutia.