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la noticia es Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) es familiar de uno de los integrantes del equipo que conforma la defensa del gobierno venezolano. crímenes contra la humanidad.
Las funciones del fiscal incluyen: Llevar a cabo investigaciones sobre información relacionada con crímenes que caen dentro de la competencia de la CPI, de conformidad con el artículo 42 (1) del Código Penal Internacional. Estatuto de Roma; tomar medidas adecuadas para garantizar la eficacia de la investigación y el enjuiciamiento de quienes cometan los delitos mencionados en el artículo 54(1-b) del Estatuto; y solicito orden de aprehensión antes Sala de Cuestiones Preliminares de la CPIContra quienes estén convencidos de su culpabilidad sobre la base de pruebas aportadas de conformidad con el artículo 58, apartado 1, del Estatuto.
Lo anterior se refiere únicamente a la fase de investigación; gobierno venezolanoPorque el proceso penal oficial contra los delincuentes se iniciará con el Fiscal imputando a las personas en las que se basan las pruebas de los delitos de que se trata. Claramente, la función última del Fiscal es “atrapar y encarcelar” a los delincuentes, mientras que la función defensiva es frustrar todos estos esfuerzos de la Fiscalía del Tribunal. De lo anterior se infiere la discrepancia entre lo que hizo el Fiscal y lo que pretendía la defensa. Son similares y por tanto tienen propósitos opuestos.
Como se puede observar, la información mencionada resulta preocupante en cuanto a la relación circunstancial entre el Fiscal y su cuñada, quien forma parte del equipo de defensa del gobierno venezolano. Mucho parentesco Debería ser conocido por el gobierno venezolano, por lo que su nombramiento es sólo una coincidencia. Nos preocupa no sólo esta situación, que se alega por razones morales, sino también que esta situación esté prevista como una falta disciplinaria como lo establece el artículo 42 (7) del Estatuto: “El fiscal y los fiscales adjuntos no podrán para participar en esta investigación. Cualquier asunto en el que la imparcialidad pueda razonablemente ser cuestionada por cualquier motivo.”
Por otro lado, el comunicado hecho al público es el siguiente: Fiscalía de la CPIRevela otro punto sospechoso en el comportamiento del fiscal. Afirma que el Fiscal sabía que su cuñada formaba parte del equipo de defensa del gobierno venezolano porque la información era “pública”. Por lo anterior, el Fiscal tuvo que desistir del caso porque, como señala la disposición citada del Estatuto de Roma, tal relación pone en duda su imparcialidad. No había necesidad de “objeciones en ese momento”, era una obligación que debía cumplirse automáticamente. En palabras de Mario Moreno, esto hay que decirle a la Fiscalía de la CPI: “No me defiendas, camarada”.
pero en defensa Mali KhamHasta ahora ha cumplido honorablemente sus deberes en el presente caso y ha luchado contra los deseos de la defensa antes mencionada. Recientemente ganó un caso en la Sala de Cuestiones Preliminares en el que la defensa intentó detener la investigación, y cuando la defensa del gobierno impugnó la decisión de continuar, el Fiscal continuó la investigación, logrando otra victoria ante la División de Apelaciones de la Corte. Es decir, se expresa coloquialmente en los pasillos judiciales de la siguiente manera: “Le dio un ‘palo’ a su cuñada”.
Esperamos que a pesar de los defectos mencionados del fiscal, continúe con su deber al igual que sus funciones anteriores, y la sombra proyectada sobre su honor probablemente se elimine con las decisiones que se tomen. pueda recibir en el futuro.
Lo importante de todo esto, como señaló el abogado defensor, es que Derechos humanos Tamara Sujú afirmó que el caso de Venezuela ante la Corte Penal Internacional se mantiene intacto y que hasta el momento el actuar de la fiscal Karin Khan está en línea con las expectativas de las víctimas. ellos quieren justiciaEsto debe animarnos a seguir apoyando el proceso de hacer justicia a los cientos de venezolanos que exigen justicia ante el organismo internacional. Por supuesto, tenemos una desconfianza legítima y fundada ante el hecho innegable de que la fiscal tuvo un romance con una abogada defensora del gobierno venezolano, y esto nos obliga a estar en alerta máxima, pero no puede llevarnos a una posición derrotista. . . El caso de Venezuela en la CPI es sólido, cuenta con apoyo internacional, los ojos del mundo están puestos en el accionar del fiscal, lo que lo obliga a adoptar una postura legal. La verdad está con nosotros y prevalecerá poderosamente, no desmayemos.
Jorge Rosell y Jorge Euclides Ramírez
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