Enrique Márquez lanzó este desafío el 20 de agosto debido a los vínculos políticos del presidente del TSJ con el partido gobernante PSUV. Dos días antes el máximo tribunal confirmará los resultados de las elecciones del 28 de julio anunciados por el CNE.
Caracas. La Corte Suprema de Justicia resolvió que el recurso interpuesto por el excandidato presidencial Enrique Márquez contra la titular de la persona jurídica, Caryslia Rodríguez, por sus vínculos políticos con el Partido Socialista Unido de Venezuela, es improcedente por prescripción.
Sin embargo, el documento fue presentado por Márquez el 20 de agosto, dos días antes de que el TSJ publicara su decisión de confirmar los resultados anunciados por el Consejo Nacional Electoral de los comicios del 28 de julio, sin publicar las minutas detalladas de conteo de las mesas.
El experto en temas electorales Eugenio Martínez publicó en la cuenta X la decisión del máximo tribunal, cuya portavoz fue la jueza Fanny Márquez Cordero.
Otra fuente
Enrique Márquez, candidato presidencial del partido Centrados, anunció el viernes 23 de agosto que recurrirá ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para revisar la decisión tomada por la Junta Electoral. “Certificó” los resultados electorales informados por la Fuerza Electoral, que mostraban a Nicolás Maduro como ganador de los comicios.
“Anunciamos que haremos uso de nuestro derecho de apelar ante la Sala Constitucional para que se reexamine esta sentencia. Esta sanción podrá ser inapelable, pero podrá ser revisada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica del TSJ”, dijo el dirigente político en conferencia de prensa el viernes 23 de agosto.
Márquez anunció que se prepararía para revisar el recurso en los próximos días, y que la solicitud se basó en que “la fiabilidad de esta sentencia es dudosa, ya que no refleja los resultados” de las elecciones del 28 de julio. la revisión fue calificada de fraude.