Manuel Rojas Pérez, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Central de Venezuela (UCV), expresó serias dudas sobre la última decisión de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) el jueves 22 de agosto.
a través de tu cuenta incógnitaÉl, quien también es miembro del Comité Ejecutivo Nacional de AD, calificó la decisión como un “error jurídico imperdonable” y señaló que la Cámara Electoral se habría extralimitado en sus facultades al certificar los resultados electorales; Según él, esta tarea corresponde únicamente al Consejo Nacional Electoral (CNE).
“La Cámara Electoral aceptó la objeción electoral impugnada para ‘certificar’ el resultado electoral”, dijo Rojas Pérez, enfatizando que los artículos 160 y 161 de la Ley Orgánica de Procedimientos Electorales (LOPRE) establecen que “sólo el CNE tiene la facultad y autoridad. ” , para certificar los resultados electorales. Según el abogado, la documentación de resultados es un proceso que incluye auditorías y la responsabilidad recae únicamente en la CNE.
El profesor también dijo: “La Cámara ‘certificó’ las liberaciones del CNE hoy. La Cámara Electoral no puede hacer esto según la legislación venezolana”. En su opinión, la función de la Cámara Electoral debería limitarse a revisar si la certificación por parte del CNE “La (Cámara Electoral) implica que el juez electoral revisa las actuaciones de la unidad administrativo-electoral (CNE), nunca haciendo el trabajo del CNE”. explicó.
Además, Rojas Pérez criticó que la Cámara Electoral haya cambiado el formato de los casos electorales, lo que, según su declaración, permitía apelar decisiones del CNE pero permitía que la Cámara no fuera responsable de certificar los resultados. «Ni en la Constitución, ni en la Ley de Poderes Electorales, ni en la LOPRE, ni en el Reglamento, ni en la LOTSJ, existe una forma procesal para la documentación irrestricta de los resultados de una elección, cuyo objeto es la investigación y verificación. . proceso”, afirmó.
Finalmente, Rojas Pérez cuestionó el incumplimiento por parte de la Junta Electoral de las fallas procesales identificadas en la Ley de Creación del TSJ, lo que consideró una violación al debido proceso. Con sus declaraciones cuestionó la legalidad de las recientes acciones del TSJ respecto de la elección.