El Decreto Presidencial N° 4.975 fue publicado en el Diario Oficial N° 42.239 de fecha 12 de agosto de 2024. fue creado El Consejo Nacional de Seguridad Cibernética funciona de manera permanente como órgano asesor y consultivo dependiente del presidente de la República Bolivariana de Venezuela en materia de prevención del uso delictivo de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
El documento legal en cuestión establece, entre otras cosas, que la nueva entidad estará integrada por el Vicepresidente Ejecutivo Presidencial, el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Ciencia y Tecnología; Economía, Finanzas y Comercio Exterior; Relaciones Internas, Justicia y Paz; Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Comercio Nacional y Ministerio de Planificación.
Asimismo, podrán participar en la comisión otras personas que indique el Presidente o el coordinador de la comisión.
Entre las principales funciones de este órgano estará la de formular recomendaciones al Presidente y al Consejo de Defensa Nacional sobre el desarrollo de una política nacional de ciberseguridad, que incluya planes y programas en materia de seguridad informática, validez tecnológica, supervisión y control de eventos telemáticos. .
Asimismo, podrá hacer recomendaciones de reglamentos, leyes y/o reglamentos en materia de prevención del uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones con fines delictivos.
Además, podrá hacer sugerencias y recomendaciones en materia de política de seguridad cibernética acorde con los intereses y objetivos de la nación, e impulsará programas de capacitación en seguridad cibernética con instituciones educativas y centros de investigación.