Por primera vez desde que se estableció la democracia en Venezuela con las elecciones del 7 de diciembre de 1958, el nombramiento del Presidente dependerá de un mazazo en un frío tribunal.
Luego de que el Consejo Nacional Electoral (CNE) declarara a Nicolás Maduro ganador de la contienda del 28 de julio de 2024 en dos boletines, el árbitro electoral falló notoriamente en la presentación de los resultados tabulados; en su lugar, publicación del expediente de revisión.
El CNE tampoco proporcionó a los representantes de los partidos candidatos las actas finales de los resultados tabulados, lo que debía hacer a más tardar 48 horas después del evento electoral. Posteriormente no se realizaron las inspecciones previstas en el ordenamiento legal.
En cambio, Nicolás Maduro compareció ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para “certificar” la elección y “lo que dice el tribunal es palabra sagrada”.
¿Es legal este recurso? ¿Qué pretende el régimen?
Las exigencias de Maduro con disputa electoral
Acceso a la Justicia es una asociación civil privada, sin fines de lucro e independiente fundada en 2010, dedicada a velar por la administración de justicia y el estado de derecho en Venezuela. Esta organización examinó las consecuencias jurídicas del caso.
El recurso de apelación electoral es una “herramienta breve, concisa y eficaz para impugnar las actuaciones, acciones y omisiones del Consejo Nacional Electoral (CNE) y restablecer situaciones jurídicas subjetivas dañadas por el mismo en relación con la creación, funcionamiento y nulidad de este consejo”. ” El organismo electoral dijo “organizaciones con motivaciones políticas” en su portal WEB antes de ser bloqueado.
Acceso a la Justicia explica que este controvertido recurso electoral está diseñado para ejercer control judicial sobre procesos electorales, actos u omisiones del CNE, así como para restablecer o corregir situaciones que afecten derechos o causen daños como consecuencia de actos o acciones. Las omisiones del CNE.
Por ello, considera una contradicción que Maduro haya tomado esta acción para confirmar los resultados de una elección ganada por el CNE.
La asociación dice esto. Orden de admisión emitida por la Cámara Electoral Transcurridas 24 horas del comunicado, se puede deducir que la petición del monarca tiene por objeto abrir “un proceso de investigación y verificación para la documentación irrestricta de los resultados del proceso electoral celebrado el 28 de julio de 2024”, pero es conforme a ello. . Parece que la objeción electoral impugnada con Lopre y la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia (LOTSJ), que es la legislación que regula esta cuestión, no tiene ese propósito.
jurisdicción
Acceso a la Justicia también puso la lupa sobre la competencia del Colegio Electoral en este asunto, señalando que el máximo tribunal no tiene competencia hasta que el órgano electoral haya completado el proceso de convocatoria, adjudicación y declaración del ganador de la elección presidencial.
Y en este sentido, aunque CNE publicó un segundo comunicado el 2 de agosto con el 96,87% de los resultadosEl proceso aún no habría concluido porque el organismo electoral, que afirmó que no podía informar debido a un supuesto “ciberataque”, especialmente al sistema automático, no informó los resultados completos en el boletín electoral. Hágalo 30 días después de las elecciones. Tampoco realizó las inspecciones de seguimiento especificadas en el programa.
Por lo tanto, según la asociación, la Cámara Electoral está usurpando las funciones del CNE al aceptar la convocatoria del TSJ a una elección impugnada para “una certificación irrestricta de los resultados del proceso electoral celebrado el 28 de julio de 2024”. Completó su trabajo de conformidad con la ley.
Esta opinión es apoyada por Cecilia Sosa Gómez, expresidenta de la Corte Suprema de Justicia. “La Ley Orgánica del Poder Electoral dice que el CNE tiene la obligación de recaudar, adjudicar y declarar según los escrutinios”, explicó.
“¿Qué hace aquí la Cámara Electoral?”, se preguntó. preguntó. Ante las evidentes deficiencias del organismo electoral, “no hay ninguna acción definitiva”, subrayó.
El ex juez señaló que “es realmente doloroso todo esto de la Cámara Electoral” y dijo no entender por qué el TSJ notifica y llama a los candidatos a presentar actas. “Ahora están hablando del peritaje. ¿Opinión de expertos sobre qué? “Si fuera competente, la Cámara Electoral tendría que nombrar una comisión para entregar todas las actas del CNE, pero la Cámara Electoral no puede sustituir al CNE por ser un poder autónomo”, afirmó.
¿Para qué se utilizará la decisión del TSJ?
Para los actores políticos que apoyan la candidatura de Edmundo González, la acción ante el TSJ se trata de verificar los resultados electorales que dieron ganador a Maduro y preservar los registros electorales.
Simón Calzadilla, secretario general del Movimiento por Venezuela (MPV), uno de los partidos que compiten por la candidatura de González Urrutia, enfatizó: “Partidos y candidatos aún no tienen los registros totales tabulados por mesa, como afirmó Lopre. Se ultimará”. dentro de las 48 horas.”
Asegura: “Estamos ante una situación de vulnerabilidad en la que el CNE oculta los resultados electorales sobre la mesa a todos los participantes, a los electores, al país y a la comunidad internacional; pero ahora, más gravemente, el TSJ pretende privar a los partidos de esta situación.” y candidatos con un solo expediente cuyos resultados se puedan verificar”.
Reiteró que este estado de vulnerabilidad y ocultamiento se llevó a cabo con el aporte institucional de los Poderes Ejecutivo, Judicial y Electoral.