El aporte de la empresa privada a la pensión se realizará según el último número del RIF de la empresa, según un calendario establecido por el Seniat en orden emitida el 17 de mayo, que establece las reglas que la empresa debe seguir para pagar el aporte. .
Según lo explican las normas publicadas en la Gaceta Oficial N° 42.881, todas las entidades que realicen actividades económicas en el Estado, irregulares, residentes o no en la República, deberán declarar y pagar la referida contribución, tal como ya lo estableció el Ejecutivo.
Según un cronograma ya establecido por la agencia tributaria, los pagos se realizarán según la última emisión del Registro Único de Información Fiscal (RIF).
Ese mismo calendario estableció que el primer pago se realizaría el 5 de junio.
La norma también establece en su artículo 2 que “si los salarios y bonos no salariales se pagan en moneda distinta a la de curso legal, estos montos deberán convertirse a bolívares utilizando el tipo de cambio oficial del Banco Central de Venezuela vigente en el momento”. . ” en pago.”
En el artículo 3, las normas del Seniat establecen que los obligados a pagar deberán informar trimestralmente el número de trabajadores activos en su nómina siguiendo las especificaciones técnicas fijadas por el Seniat.
En su numeral 4, la entidad precisa que para garantizar el cumplimiento de las normas, el Seniat podrá realizar los procesos de verificación, inspección y determinación necesarios para garantizar el cumplimiento de esta ley.
El aporte determinado por el gobierno venezolano es del 9%, según normas recientemente decretadas. Las contribuciones, según portavoces empresariales y gubernamentales, representan el 20% del total de los activos destinados a las pensiones, y el Estado aporta el 80% restante.