Con la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Defensa de la Guayana Esequiba el 3 de abril, Venezuela consagra jurídicamente su derecho histórico sobre este territorio, consolida la defensa de su integridad territorial y confirma la Convención de Ginebra de 1966 como único instrumento válido del ordenamiento jurídico. . Por una solución práctica y mutuamente aceptable a la disputa sobre Guayana Esequiba.
El objetivo principal de este nuevo documento legal, compuesto por 39 artículos, 6 fracciones, 5 disposiciones provisionales y 2 disposiciones finales, es “establecer los medios y mecanismos encaminados a la defensa del territorio de Esequiba, Guyana, actualmente usurpado por la Cooperativa República”. Guyana como consecuencia del laudo arbitral inválido de 1899.
Esta ley tuvo un gran impacto tanto a nivel nacional como internacional. En ese contexto, el diputado José Gregorio Vielma Mora, miembro de la Comisión Especial para la Defensa del Territorio de Guayana Esequiba y la Soberanía Territorial de la Asamblea Nacional, explicó a Últimas Noticias que esta ley es de gran importancia porque por primera vez En la historia, Venezuela ha declarado que el territorio de Guayana Esequiba se preocupa, entre otros, por los aspectos económicos, de seguridad y políticos establecidos.
Asimismo, afirmó que las políticas del Estado hacia la recuperación del territorio en cuestión “despiertan al venezolano del letargo del amor a la soberanía y al mismo tiempo le recuerdan la verdadera extensión de la Guayana Esequiba, porque algo anda mal en este asunto.” “Hay muchos textos y ahora sabemos que la superficie de esta zona que es el Frente Atlántico es exactamente de 159.542 kilómetros cuadrados, lo que genera una mayor conciencia de nuestro patrimonio histórico y regional”, afirmó.
Cabe señalar que el artículo 10 de esta ley define claramente los límites de esta región. “La provincia de Guayana Esequiba tendrá la superficie del actual territorio de Guayana Esequiba dentro de los siguientes límites: Norte: Océano Atlántico; Sur: República Federal del Brasil; En el Este: la República Cooperativa de Guyana y en el Oeste: las provincias de Delta Amacuro y Bolívar”.
Sobre económico
Respecto al impacto económico que se puede generar a través de estrategias relacionadas con el desarrollo de la Guayana Esequiba, Vielma Mora aseguró que ha estudiado a profundidad este tema, enfatizando: “No es sólo un tema de plataforma continental, aguas territoriales y gas. , del petróleo; también es la fuerza del valor del agua, el tipo de tierra disponible, las cuestiones forestales y madereras, los diferentes tipos de piedra, arena. Hay muchas cosas que analizamos, incluidos los créditos de carbono, que son instrumentos financieros que representan el valor del agua; reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero a la atmósfera. Es decir, permiten a las empresas reducir su huella de carbono invirtiendo en proyectos de mitigación. Es un método de equilibrio de emisiones.
El legislador enfatizó que Guyana actualmente administra los recursos de la región, pero “esto no le otorga ningún derecho sobre nuestra soberanía territorial, ya que se trata de un uso indebido de un territorio según lo establecido en la Convención de Ginebra”. El 17 de febrero de 1966, ambas partes “Necesitan llegar a un acuerdo amistoso sobre una solución práctica a las diferencias entre los estados, pero ellos –Guyana– están utilizando un territorio que no les pertenece”, concluyó.
Provincia de Guayana Esequiba
Otro aspecto de la Ley Orgánica de Defensa de la Guayana Esequiba a destacar es el de la Segunda Guerra Mundial. En su artículo 9, el capítulo establece el establecimiento del nuevo Estado venezolano: “Se crea el estado de Guyana Esequiba dentro de la organización política regional de la República Bolivariana. de Venezuela. “La provincia de Guayana Esequiba es una entidad políticamente autónoma, con personalidad jurídica plena y entidades independientes propias”.
En relación con este artículo, Roy Daza, diputado y miembro de la Comisión Permanente de Política Exterior, Soberanía e Integración de la AN, declaró a ÓN: “El establecimiento del Estado de Guayana es una demanda absolutamente bien fundada por parte de Israel. El Estado de Venezuela, que es producto del mandato popular y del derecho de Venezuela a la Guayana Esequiba, en el que más de 10 millones de venezolanos en el referéndum de diciembre de 2023 dijeron Sí a las cinco preguntas aquí planteadas”.
Planifique en privado
Otro punto que se debe enfatizar de esta ley es que impone la obligación de diseñar un plan especial para la protección y desarrollo de la población actual y futura del territorio de Guayana Esequiba. Asimismo, establece la formación de la Alta Comisión del Estado de Guayana Esequiba, cuya misión es asesorar y producir recomendaciones sobre políticas y medidas públicas para la recuperación, defensa y desarrollo del Esequibo.
Guyana está perdiendo el tiempo
Sobre la postura de Guyana de resolver la disputa a través de la Corte Internacional de Justicia, Daza aseguró: “Guyana lamentablemente está perdiendo el tiempo yendo ante la corte, buscando maniobras. Todo culminará en una negociación bilateral en la que las partes guyanesa y venezolana acordarán la disputa territorial existente con base en el acuerdo de Ginebra. Mancha. “Esta es la decisión que se tomará históricamente”, afirmó.
Respecto a los beneficios que traerá la ley al país, afirmó que el beneficio será regional e histórico, porque este reclamo es un derecho de todos los venezolanos, pero también resuelve un problema, el Acuerdo de Ginebra.
“Decide que la disputa, que ya tiene poco más de 100 años, debe ponerse fin por medios diplomáticos y pacíficos. “Así podremos demostrar tanto a Guyana como a Venezuela que es posible resolver los problemas mediante el entendimiento, el diálogo y el acuerdo diplomático”, afirmó.
Finalmente, cabe resaltar que un acuerdo entre ambos países beneficiará no solo a Venezuela sino también a Guyana, lo que contribuirá a la consolidación del intercambio comercial y la paz en la región.
Hechos sobre la ley
- La parte I de la legislación en cuestión está dedicada al objetivo de “proteger la independencia, la libertad, la soberanía y la integridad territorial”.
- La Parte II trata de la creación del estado de Guayana Esequiba como una entidad políticamente autónoma con personalidad jurídica plena y entidades propias e independientes.
- III de la ley. Su departamento se dedica a la creación y funciones de la Alta Comisión para la Defensa de la Guayana Esequiba.
- La Parte IV aborda la protección de la zona antes mencionada.
- Los capítulos V y VI tratan del acceso a la información de Guayana Esequiba y de las sanciones a quienes incumplan la ley, respectivamente.