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el Venezuela Informa de oposición María Corina Machado Asegura que la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) tiene hasta el 18 de julio, 10 días antes de las elecciones, para reemplazar al candidato presidencial. Para asegurarse un lugar en la tarjeta electoral de este partido, la oposición registró al diplomático y analista internacional Edmundo González Urrutia, quien fungió como embajador de Venezuela contra Argentina y Argelia.
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Ante la posibilidad de un reemplazo propuesto por la oposición, el primer vicepresidente del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), dios me dio peloDijo que la declaración del Venezuela Informa de Vente Venezuela fue “fraudulenta”.
«10 días es otra mentira, otra manipulación, otro engaño y fraude. Están decididos a mentirle a su pueblo. Ven la política como un negocio y una forma de ganar dinero. Habrá que ver qué inventos se les ocurren a medida que se acerca la fecha límite. opción y no puedo registrarme”, dijo el lunes 1 de abril durante la rueda de prensa habitual del PSUV.
Al respecto, María Corina Machado aseguró el 31 de marzo que “no es cierto que ellos (el oficialismo) puedan hacer lo que quieran e imponernos sus términos cambiando reglas, violando la Constitución. La ley es clara: tenemos hasta 10 días antes del 28 de julio para sustituir al candidato (de la MUD), y la pelea está en marcha. “Ahora es el momento.”
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¿Qué dice la ley orgánica del proceso electoral?
Artículo 63 de Ley orgánica del proceso electoral (Lopre)—mencionado por la oposición—sostiene: «Las organizaciones postulantes pueden modificar las solicitudes que presenten y, así, sustituir candidatos hasta 10 días antes de que se lleve a cabo el evento electoral. Para estos efectos, el Consejo Nacional Electoral tomará medidas para informar a los electores del ámbito territorial correspondiente a la elección de la modificación o sustitución realizada. Cuando el tiempo para realizar la enmienda o reemplazo no sea suficiente para realizar el cambio en el equipo electoral, se registrará el número de votos en el mismo para el candidato reemplazante.
Sin embargo, Cabello señala que antes del artículo 63 está el artículo 44 que habla del carácter provisional de la solicitud y señala: «El calendario electoral establecerá los plazos previstos para las nominaciones. “Las nominaciones presentadas fuera del tiempo especificado en el calendario electoral no serán oportunas y se considerarán no presentadas”.
El diputado Diosdado Cabello recordó que el período de postulación para las elecciones presidenciales de este año es de 5 días (20 al 25 de marzo) y que el reemplazo de candidatos comienza el 1 de abril y los partidos políticos tendrán tiempo hasta el 20 de abril de este mes para cambiar su elección si decidir presentarse a otras elecciones. uno.
En este sentido, el exasesor jurídico de Consejo Nacional Electoral Celis Mendoza detalló: “Cuando se habla de hasta 10 días antes de la elección, eso es lo que dice el artículo 63, los partidos políticos pueden modificar y reemplazar candidatos sin motivo específico para hacerlo”.
Agregó que si transcurre el plazo de 10 días, también se podrá realizar una sustitución, pero sólo por las cuatro causas señaladas en el artículo 62 de la Lopre: «La organización solicitante podrá sustituir a su candidato, en los siguientes casos: fallecimiento, renuncia, discapacidad física o mental debidamente certificada por autoridad competente o por razones constitucionales y/o legales.
“Si en cualquier elección se presenta una de estas cuatro causales, el partido político que no tiene candidato tiene derecho a volver a postularse porque es una excepción a la regla”, enfatizó contundentemente el exasesor jurídico del CNE y agregó que “la el reemplazo deberá cumplir con los requisitos” establecidos en el artículo 64 del Convenio Ley orgánica del proceso electoral.
Artículo 64: «La sustitución de un candidato constituye una nueva postulación y por tanto, cuando el candidato reemplazante no sea un candidato previamente admitido, deberá cumplir con los requisitos establecidos en esta Ley y su Reglamento.
Celis Mendoza explica que si la sustitución se realiza dentro de este plazo de 10 días, no habrá tiempo para cambiar el nombre en tarjetas y papeletas Serán agregados por la persona que sea reemplazada, hecho que deberá ser comunicado oportunamente por el órgano de administración.
“La MUD tiene derecho a reemplazar (a Edmundo González)” a 10 días de las elecciones presidenciales y “nominar a quien cumpla con las condiciones de ingreso porque así es la ley”, enfatizó Celis Mendoza.
Asimismo, expertos en temas electorales señalan que La Ley Orgánica de Procedimientos Electorales “no merece explicación gratuita por ser muy clara”; Por tanto, la sustitución de candidatos para las elecciones presidenciales de este año es válida hasta el 18 de julio.
Celis Mendoza explica que si el Consejo Nacional Electoral da una interpretación diferente de Lopre e impide LODO candidato sustituto, “no entendería bien las normas”.
Una explicación similar la da el politólogo y experto en temas electorales Jesús Castellanos, quien señala: “Las sustituciones y modificaciones pueden ocurrir, para candidatos nominales, máximo 10 días antes del día de las elecciones”.
“De acuerdo al marco legal, es decir la ley y su reglamento, tanto las sustituciones como las modificaciones pueden realizarse hasta 10 días antes de la votación”, afirmó Castellanos, y agregó: Cualquier persona puede ser candidato a la MUD, siempre que cumpla con los requisitos de la Lopre establecidos en el artículo 64.
Sin embargo, Jesús Castellano advierte que si bien la norma es muy clara y no está abierta a libre interpretación, “el Consejo Nacional Electoral puede tomar una decisión (qué hacer con la posibilidad de reemplazar la tarjeta de la MUD) con una regulación más clara”. lógica política más que lógica jurídica.
Libre acción del CNE
A pesar de Ley de Proceso Electoral clara y sin permitir libertad de interpretación respecto de la sustitución de candidatos, los expertos Celis Mendoza y Jesús Castellanos recuerdan que uno de los casos más recientes en los que el Consejo Nacional Electoral decidió libremente no permitir la sustitución de candidatos en las elecciones para gobernador de 2021.
En ese momento, Carlos Ocariz se negó a postularse para gobernador de Miranda por la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) a favor de David Uzcôtegui, candidato al mismo cargo del partido Fuerza Vecinal, pero el CNE no permitió cambios al asegurar que así se hizo. hecho fuera del tiempo.
El exrector del CNE Vicente Díaz explicó que la decisión fue un error y que hubo una “mala interpretación de la ley” y reiteró que el órgano de gobierno “no puede detener a un partido sin candidatos y votantes (quedarse) sin la oportunidad de votar”.
La decisión del Consejo Nacional Electoral no lo permite. Uzcátegui sustituye a Ocáriz Esto resultó en que las votaciones de la tarjeta de la MUD para gobernador quedaran nulas y desfavorecidas para el representante de Fuerza Vecinal.
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