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Los vehículos de motor suelen estar sujetos a lo que se consideran infracciones de la Ley de circulación por carretera y están sujetos a multas.
A través de Diario 2001
En el año 2001 se elaboró un listado de las infracciones y multas más frecuentes calculadas en Unidades Tributarias (UT).
El artículo 169 de la Ley de Circulación Vial establece que las autoridades impondrán multa de 10 UT a los siguientes infractores:
Conducir sin licencia, ignorar los semáforos, conducir excediendo el límite de velocidad.
Según la Sección de Sanciones Menos Graves, el artículo 170 de la Ley prevé multa de 5 UT para los conductores de motocicletas:
– Circulación entre canales o en paralelo a otro vehículo que se desplace a una velocidad superior a sesenta kilómetros por hora (60 km/h).
– Suelen cambiar de canal o pasar por el lado medio, izquierdo o derecho de la vía.
– Transporte de más de dos personas.
– Transporte de mercancías con un peso superior a 90 kg, salvo que exista equipo especial para ese tipo de mercancías.
– El transporte de grandes cantidades de mercancías y objetos dificulta el control del vehículo.
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