La Sunaval emitió una circular que reglamenta la oferta pública y negociación de instrumentos financieros de activos agrícolas, pesqueros y forestales, los cuales podrán emitirse en bolívares y monedas extranjeras para financiar el ciclo productivo.
La Autoridad Nacional de Supervisión de Valores (Sunaval) emitió una circular que aumenta al 25% el porcentaje de divisas en sus activos que pueden tener las casas de bolsa y las casas de valores. Esta nueva regulación forma parte de normas encaminadas a incrementar la capitalización de estas empresas en el país.
«Dependiendo de las condiciones actuales del mercado de valores y para optimizar las actividades y activos de los corredores y casas de bolsa, la posición neta global en monedas extranjeras que tengan estas empresas podrá mantener, según el artículo 70 de la Ley de Casas de Bolsa y Bolsa de Valores. Normas Intermediarias, un aumento del veinticinco por ciento (25%) del activo contable”, según consta en el oficio No. DSNV/00003 del 9 de febrero de 2024.
La circular agrega que “el exceso de dicho porcentaje será considerado para el cálculo de índices accionarios y aseguramiento de riesgos”.
Entre los otros mecanismos mediante los cuales los corredores y casas de bolsa tendrán que aumentar la capitalización y la cobertura patrimonial está la capitalización de los pasivos disponibles de los accionistas, la cual se refleja en los estados financieros auditados de estas empresas, al final del año.
También a través de la capitalización de utilidades retenidas y no distribuidas, las cuales se reflejan en los estados financieros auditados de las casas de bolsa y de las casas de bolsa de valores al cierre del ejercicio más reciente. como con contribuciones de accionistas a valores ofrecidos públicamente, Autorizado por Sunaval.
También se permite incluir en la cartera de inversiones de las sociedades de bolsa y de las sociedades de corretaje de valores nuevas inversiones de los accionistas en valores de oferta pública autorizados por la Autoridad Reguladora.
Cualquiera de estos mecanismos sería considerado un aporte de capital equivalente en efectivo, según los criterios de la Sunaval. Dichos valores deberán contabilizarse en las categorías de negociación “T”, “PIC” y “Acciones”, establecidas en el Capítulo III del Manual de Contabilidad y Plan de Cuentas, y están sujetos a negociación, pagos en el mercado secundario. , Como se señaló. en círculo.
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La Sunaval también emitió una circular en el mismo. regula la oferta pública y negociación de instrumentos financieros de activos agrícolas, pesqueros y forestales, Pueden emitirse en bolívares y monedas extranjeras para financiar el ciclo productivo.
Estas normas se encuentran incluidas en la Circular N° DSNV/00002 de 9 de febrero y establecen lineamientos para la implementación de estas actividades para garantizar la adecuada transparencia y seguridad en el proceso de financiamiento en la Bolsa de Valores. Productos e insumos.
La normativa permite la emisión de 4 instrumentos bursátiles: Títulos financieros agrícolas, Bonos de valores agrícolas, Títulos de inversión agrícolas y Contratos de facturas agrícolas, pesqueras y forestales.
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