El TSJ informó la tarde de este viernes que la candidata presidencial de la oposición democrática María Corina Machado será inhabilitada por 15 años por apoyar a Juan Guaidó y otras acciones “perjudiciales para el país”.
En la decisión número 5, emitida este viernes, el TSJ respondió al alegato de que María Corina Machado intentó tutela real y provisional. Acepta el caso, declara que la solicitud de protección provisional es improcedente y el caso es inválido, El 15 de diciembre de 2023, Machado, luego de comparecer ante la SPA con su equipo de abogados para cumplir con el mecanismo acordado en el Acuerdo de Barbados, supuestamente declaró que todos los Venezuela Informaes para las próximas elecciones presidenciales permitirán sus calificaciones.
«Se ha confirmado la constitucionalidad del artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y, en consecuencia, la Contraloría General de la República tiene la facultad de imponer sanciones inhabilitantes a la ciudadana María Corina Machado Parisca de conformidad con la Decisión . No. 01-00-0000285, de fecha 16 de septiembre de 2021, inhabilitado por quince (15) años por su participación en los hechos, fue partícipe del esquema de corrupción organizado por el usurpador Juan Guaidó, que derivó en el delito. El bloqueo a la República Bolivariana de Venezuela, así como el descarado despojo de empresas y riquezas del pueblo venezolano en el exterior, con la complicidad de gobiernos corruptos, entre ellos CITGO HOLDING, INC y la corporación CITGO. La EMPRESA, con un valor aproximado de treinta y cuatro mil millones de dólares ($34.000.000.000,00) por mil quinientos millones de dólares ($1.500.000.000,00) a la empresa canadiense CRYSTALLEX, ha causado treinta y dos años de daños al patrimonio de la nación. mil quinientos millones de dólares americanos (US$ 32.500.000.000,00)”.
También la entrega de la quebrada Monómeros (…), el secuestro y hurto de treinta y una (31) toneladas de oro venezolano (…).
«Concluimos que el bloqueo solicitado por María Corina Machado en colaboración con el usurpador Juan Guaidó y otros provocó el secuestro de cuatro mil millones de dólares ($4.000.000.000,00) retenidos en el sistema bancario internacional. (…) Exigió la implementación de sanciones y bloqueo económico que perjudican la salud de Venezuela, (…) También imposibilitó la adquisición de medicamentos antirretrovirales que garantizarían el tratamiento de más de 60 mil pacientes con VIH-SIDA, vacunas para niños y adolescentes se mantiene firme (…). (…) No permitió que llegaran al país aproximadamente 300 mil dosis de insulina (…)».
Según el TSJ, Machado incumplió lo dispuesto en el artículo 191 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que establece que los diputados de la Asamblea Nacional no pueden aceptar cargos públicos ni ejercer cargos públicos, con las siguientes excepciones: A partir del 20 de marzo , la delegación de la República de Panamá ante la Organización de los Estados Americanos (OEA) para aceptar la acreditación como representante suplente, en actividades docentes, académicas, incidentales o caritativas, a menos que requiera dedicación especial, 2014: “Así perdimos el título de diputado de la Asamblea Nacional.”
Sin perjuicio de todo lo anterior, el TSJ concluyó que su solicitud no cumplió con las condiciones previstas y solicitadas en el Acuerdo de Barbados firmado el 17 de octubre de 2023, por lo que quedó “inhabilitado para ejercer funciones públicas por un período de quince (15) años.” Según resolución de la DIRECCIÓN GENERAL DE LA REPÚBLICA de fecha 16 de septiembre de 2021 y numerada 01-00-000285, en mayo de 2014 se inició una investigación y se tomaron medidas cautelares. Sin perjuicio de las demandas penales y pecuniarias que puedan derivarse de sus actuaciones.