Venezuela Informa
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela aprobó este viernes la inhabilitación para ejercer cargos públicos por 15 años de la candidata presidencial opositora, María Corina Machado
Por Venezuela Informa
El veredicto se produjo un día después de que Jorge Rodríguez, jefe de la delegación de diálogo del régimen, asegurara que “de ninguna maneraMachado sería candidata presidencial, pese a que su caso y el de otros políticos deben ser considerados por la Cámara Electoral, como parte del acuerdo de Barbados.
Machado se ha convertido en el favorito con mayores posibilidades de ganar en una posible elección presidencial de 2024.
El fallo señala que “reclamación con amparo preventivo“opuesto”lo que en efecto significa que la Contraloría General de la República ha sufrido” en el despacho oficial emitido el 27 de junio de 2023.
El expediente agrega que la inhabilitación se debió a su participación en un esquema de corrupción con el opositor Juan Guaidó, así como a la expropiación de empresas como Citgo y la entrega de Monómeros.
La sentencia que crearon estas acciones motivadas por Machado”El secuestro de cuatro mil millones de dólares en el sistema bancario internacional.“, simultáneamente”ha exigido la imposición de sanciones y bloqueo económico que dañan la salud de Venezuela“.
Agregó que Machado no cumplió con lo establecido en la Constitución al aceptar el reconocimiento como representante suplente de la delegación de la República de Panamá ante la Organización de los Estados Americanos (OEA) a partir del 20 de marzo de 2014, perdiendo así su cargo de diputado. al Congreso.
Decisión
La Sala afirmó: – Hay AUTORIDAD para conocer la demanda de indemnización junto con la defensa preventiva contra las vías de hecho intentadas por la ciudadana María Corina Machado Parisca. – ADMITIR el reclamo. – NO CUMPLE con los requisitos de protección preventiva. – NO SEDE “solicita demanda conjunta con defensa preventiva” contra “medidas reales sufridas por la Contraloría General de la República (…) [mediante] oficio No. DGPE-23-0-00-008, emitido el 27 de junio de 2023”, presentado el 15 de diciembre de 2023, por la ciudadana María Corina Machado Parisca, con el apoyo del abogado Perkins Rocha Contreras. – Se ratifica la constitucionalidad del artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, por lo que se faculta a la Contraloría General de la República para establecer medidas que aborden la exclusión, en ese sentido, de la ciudadana María Corina Machado Parisca, por Resolución N° 01-00-0000285 de fecha 16 de septiembre de 2021 Se inhabilita por quince (15) años por ser partícipe de la trama de corrupción orquestada por el usurpador JUAN G. ANTONIO GUAIDÓ M., Venezuela Informa de el bloqueo criminal de la República Bolivariana de Venezuela, así como la descarada expropiación de empresas y activos de venezolanos en el exterior del país, con la complicidad de gobiernos corruptos, en particular la cesión de la empresa CITGO. CITGO OIL AND GAS CORPORATION por aproximadamente treinta y cuatro mil millones de dólares ($34,000,000,000.00) a la empresa canadiense CRYSTALLEX por mil quinientos millones de dólares ($1,500,000,000.00) US), causando daños al patrimonio de la Nación por treinta y dos mil quinientos millones de dólares dólares (32.500.000.000 dólares estadounidenses). La entrega (…) de la empresa concursada MONÓMEROS COLOMBO VENEZOLANOS, SA, el secuestro y hurto de treinta y una (31) toneladas de oro venezolano (…). Concluye que el bloqueo ordenado por MARÍA CORINA MACHADO PARISCA, en connivencia con el usurpador JUAN G. ANTONIO GUAIDÓ M., entre otros, produjo el secuestro de cuatro mil millones de dólares ($4.000.000.000) retenidos en el sistema bancario internacional. (…) ha requerido la imposición de sanciones económicas y bloqueos que dañan la salud de Venezuela, (…) También ha creado la imposibilidad de adquirir medicamentos antivirales para asegurar el tratamiento de más de 60 mil pacientes con VIH-SIDA, y que las vacunas para niños y adolescentes (…). (…) no agregaron al agua unas 300 mil dosis de insulina (…). Asimismo, el citado ciudadano incumplió lo dispuesto en el artículo 191 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que establece que los diputados de la Asamblea Nacional no podrán asumir ni desempeñar cargos públicos sin perderlos, excepto en el ámbito docente. . , académicos, incidentales o solidarios, siempre que no impliquen dedicación exclusiva, toda vez que aceptó el reconocimiento como representante alterno de la delegación de la República de Panamá ante la Organización de los Estados Americanos (OEA) desde el 20 de marzo de 2014, perdiendo con ello su cargo como Delegado de la Asamblea Nacional. 6.- Por lo tanto, al no cumplir la presente solicitud con los requisitos establecidos y exigidos en el Acuerdo de Barbados suscrito el 17 de octubre de 2023, los ciudadanos de MARÍA CORINA MACHADO PARISCA NO PUEDEN ejercer funciones públicas por un período de quince (15) años, conforme a la Resolución No. 01-00-000285, de fecha 16 de septiembre de 2021, emitido por la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, en mayo de 2014 se inició una investigación y se han tomado medidas preventivas. No hay impacto sobre las acciones criminales y el dinero que sus acciones puedan generar.