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Para el economista y profesor de la Universidad del Zulia, Rodrigo Cabezas, “el CNE tiene la obligación constitucional y democrática de aprobar el cronograma electoral que lleve a Venezuela a las elecciones presidenciales de 2024, no pueden resolver la cuestión republicana, no pueden retrasarla. anuncio publicitario.”
Al argumentar las razones constitucionales que vinculan al CNE, el excongresista señaló que “el artículo 230 de nuestra Constitución Nacional establece que el período presidencial es de seis años, el actual vence en ahora”. Además, la Constitución 231 estipula precisamente que el candidato elegido asumirá la presidencia el 10 de enero del primer año de su período constitucional. El 10 de enero de 2025, según la voluntad del pueblo, Venezuela tendrá un nuevo presidente”.
El profesor Cabezas Morales reafirmó que el CNE de Maduro tiene la obligación de organizar y dirigir las elecciones presidenciales de 2024, según lo estipula el artículo 293 de la Constitución.
Cuestionado sobre si Nicolás Maduro no cumplió con el acuerdo de Barbados sobre las condiciones electorales para las elecciones presidenciales, el ex ministro de Finanzas (2007) señaló que “ante la comunidad internacional y los países, el acuerdo de Barbados es vinculante para el madurismo. ” y para la plataforma democrática unida, lo contrario sería una nueva burla al proceso de negociaciones y acuerdos que buscan establecer un tipo de garantía política para crear condiciones favorables para una transición política democrática, civilizada, sin represalias ni represión.
Finalmente, Cabezas afirmó que están con la Plataforma de la Unidad Democrática y su candidata María Corina Machado, en el camino del camino electoral, “ella y los partidos de la plataforma han reiterado que nadie, el pueblo venezolano, nos sacará de la elección.” Habrá una opción para derrotar a la autocracia gobernante mediante la votación”.