Entre las medidas del presidente argentino, Javier Milei, se encuentran restricciones a que las petroleras no puedan poseer y/u operar directamente una proporción superior al 40% de la red total de gasolineras y diésel cuya comercialización sea ineficaz. tu propiedad
DNU 70/23 llamado «Bases para la reconstrucción de la economía argentina» que entrará en vigor en los últimos días de 2023, ha derogado un número importante de normas que regulan diversos aspectos de la actividad económica. Muchos de ellos impactan en el desarrollo de las estaciones de servicio, especialmente en lo que respecta a contratos con petroleras y venta de gasolina y otros combustibles.
En este sentido, el asesor jurídico de la Federación de Comercio de Hidrocarburos de la República Argentina (Cecha), Francisco Berdaguer, enumeró Dispensadores, portales de estaciones de servicio, Algunos puntos del paquete de medidas:
a) Incorporar su objetivo principal de liberalización de la economía basada en decisiones libres, aplicada en el ámbito de la libre competencia, respeto a la propiedad privada y principios constitucionales de libertad de circulación sobre bienes, servicios y empleos.
Para lograr este objetivo se realizará la más amplia desregulación del comercio, los servicios y la industria, neutralizando todas las restricciones al suministro de bienes y servicios, así como todas las regulaciones que distorsionen los precios del mercado, impidan la libre iniciativa privada o eviten la interacción espontánea. . de oferta y demanda.
b) Derogar el Decreto 1060/2000, es decir: b.1. Mantener el plazo máximo previsto para los contratos de suministro con empresas petroleras: 8 años, en caso de establecimiento de nuevas estaciones de servicio y 5 años, en caso de aniversario, prórroga y/o ampliación del contrato compatible con estaciones de servicio existentes.
b.2. Se suprime la restricción que hasta ahora tenían las empresas petroleras a la propiedad y/o explotación directa. Una proporción superior al 40% del total de la red de estaciones de servicio vende las marcas de su propiedad.
c) Derogación de la Ley de Abastecimiento, que es el impulso y respaldo a las diversas regulaciones del Departamento de Energía y Comercio en materia de control y suministro ininterrumpido de combustibles a las gasolineras.
Al respecto, Francisco Berdaguer afirmó que está claro El Estado ya no intervendrá en la economía ni controlará el sector productivo, Limitar la intervención sólo cuando haya violación de derechos constitucionales.
Respecto al sector de estaciones de servicio, el decreto establece claramente que las actividades relacionadas con la explotación, procesamiento, transporte, industrialización y comercialización de hidrocarburos serán realizadas por empresas estatales, privadas o mixtas. “Esto significa que el Estado, las petroleras y los operadores de estaciones podrán competir en el mismo campo”, señaló.
Otra medida es: El regulador no podrá intervenir ni fijar precios de comercialización en el mercado interior en cualquier etapa de producción, lo que significa que no habrá controles de precios en las ventas de combustible.
Berdaguer añadió que la última novedad es que ya está en vigor el proyecto de ley que deroga la Ley de Defensa de la Competencia, con el objetivo de crear un marco jurídico adaptado al nuevo modelo jurídico. “Se espera que la Comisión de Defensa Nacional tenga un papel decisivo en esta nueva etapa, verificando precisamente que se sigan las buenas prácticas, la libre y sana competencia”.
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