La industria aseguradora venezolana ha diseñado nuevos productos, en particular pólizas que sólo cubren situaciones de emergencia o emergencia. Sin embargo, la reforma a la Ley de Operaciones de Seguros establecerá nuevos productos que podrían ser opciones para los no asegurados: microseguros, integrales y de gran escala.
La Ley de Operaciones de Seguros revisada trae al público una serie de novedades, además de los lineamientos técnicos que deben cumplir las empresas del sector. El instrumento legal entrará en vigor en 2024 tras la decisión correspondiente Ley de exención por un período de 180 días, brindando la posibilidad de ofrecer nuevos productos o pólizas a diferentes segmentos de la población: microseguros, seguros integrales y seguros masivos.
La ley que modifica el decreto con rango, valor y efectos jurídicos en las actividades aseguradoras fue finalmente publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.770 de fecha 29 de noviembre de 2014. después de más de un año desde que fue aprobado por la Asamblea Nacional en 2020. Según la presidenta de la Cámara de Seguros de Venezuela, María del Carmen Bouffard, dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigencia de la ley, también se publicarán las normas y/o reglamentos necesarios para implementar la ley.
Bouffard señala que las normas legales publicadas en el boletín oficial demuestran que todos los puntos fueron acordados para la reforma y su posterior ratificación en el Parlamento. y esperamos empezar a aplicarlo a finales de 2024. La actividad aseguradora es una de las más afectadas en los últimos años en nuestro país, por lo que aunque es necesaria una reforma legal, no es suficiente para recuperar la industria.
«Mientras otros sectores de la economía no se reactiven ni operen a plena capacidad, es poco probable que la industria aseguradora refleje una mejora. La prioridad es incrementar las actividades en sectores como el automovilístico y el inmobiliario, recuperar préstamos bancarios y aumentar el poder adquisitivo de la población; Recordemos que el sector asegurador es como un puente horizontal con todos los demás sectores, es una cadena”, afirmó el presidente de la Asociación. Cámara.
La nueva ley que regula el sector asegurador proporciona pautas para aumentar la atención de la gente sobre este tema, y será responsabilidad de cada empresa crear nuevos productos. El número de asegurados en Venezuela es muy bajo y más de la mitad de los asegurados se concentran en el sector salud. Del 95% al 96% de la población no tiene póliza de seguro, eso significa que la cobertura actual está entre el 4% y el 5%. Comparado con hace 10 años, al menos el 35% de los venezolanos cuenta con pólizas de seguros, no sólo de salud sino también de vehículos, propiedad y vida.
“El seguro es necesario y mientras la gente sólo tenga lo suficiente para comer y comprar medicinas, les resultará difícil satisfacer esa necesidad”, afirmó Bouffard. También es prioridad para los descuentos, así como contar con opciones y alternativas para cubrir el pago de la póliza de seguro.
La industria ha diseñado nuevos productos, en particular pólizas de emergencia que, si bien no cubren cirugía u hospitalización, pueden manejar emergencias. Asimismo, se adaptan a cada presupuesto, con diferentes plazos de pago y montos deducibles.
Pues bien, la nueva ley también establece varios tipos de políticas y para ello se ha creado una nueva Sección.
«Establecer a través del marco legal estándares de uso. Medios digitales y canales alternativos de distribución. seguros y medicamentos prepagos, así como para marketing y desarrollar microseguros, seguros masivos y seguros integrales”, señala claramente el documento.
Microseguros: para sectores socioeconómicos vulnerables, de conformidad con las normas que al efecto emita el Gobierno Supervisar las actividades de seguros.
Las líneas de esta póliza serán seguros de salud, decesos, accidentes personales, vida individual, vida grupal, incendio y líneas afines, hurto ilegal, seguros de automóviles y otros daños a viviendas o negocios, relacionados con riesgos propios y destacados del área objetivo, son inferiores a los establecidos en las políticas tradicionales.
Incluir: para sectores sociales como pensionados, jubilados, adultos mayores, personas con discapacidad física o psíquica, microempresarios, empresarios, artesanos, población rural, minorías étnicas, personas de producción agrícola y ganadera, pescadores y acuicultores.
Las líneas para esta póliza serán salud, decesos, accidentes personales, vida personal, vida colectiva, incendio y afines, robo, automóvil, daños al hogar residencial o empresarial, agricultura, ganadería, pesca y acuicultura.
Grande: para cualquier sector social con características comunes con suma asegurada y primas asequibles.
Los ramos de esta póliza serán vida personal, vida grupal, funeral, accidente personal, salud, incendio, hurto ilegal, residencial combinado, comercial combinado, automóvil, agricultura, ganadería, misceláneos, responsabilidad patronal, responsabilidad empresarial y responsabilidad general.
«La Autoridad de Supervisión de Seguros, mediante reglamento que al efecto se emita, establecerá el alcance y características que deberán cumplir estos productos. Asimismo, teniendo en cuenta los intereses sociales, podrá limitar, complementar o condicionar el alcance admisible del seguro, así como los riesgos y sumas aseguradas”, se estipula en la ley.
También señala que las compañías de seguros y medicamentos prepagos pueden ofrecer microseguros, seguros paquete y seguros a granel directamente o a través de intermediarios de operaciones de seguros o canales alternativos.
«Los productos solicitados a través de canales alternativos deberán estar disponibles para contratación directa o a través de intermediarios de la actividad aseguradora. “Las compañías de seguros, las farmacéuticas prepagas y los canales alternativos pueden contratar proveedores que se especialicen en servicios remotos, así como en el uso de tecnología financiera (Fintech)”.
Un dato que proporciona la ley es la imagen “Canales alternativos» ofrecer un contrato de seguro, lo que plantea la posibilidad de que el banco pueda ser el intermediario.
El documento identifica que el canal alternativo es una persona jurídica que la empresa asegura celebrar un acuerdo con el fin de utilizar su infraestructura, activos tecnológicos y sus relaciones con un gran número de afiliados o Posibles asegurados que tienen relaciones comerciales o de otro tipo. tipos, destinados a servir como mecanismo para facilitar las adquisiciones un producto de seguro.
«Los canales alternativos involucran a instituciones financieras reguladas según la ley que regula el sector bancario y las empresas de servicios públicos o establecimientos, asociaciones y entidades privadas, comerciales e industriales. Asociaciones.
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