La Corte Interamericana declaró, precisamente el jueves 21, al Perú en desacato “porque (el Estado) ha cumplido la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional del Perú, a pesar de que la Corte ordenó que no ejecutaran esa sentencia”. .”
El gobierno peruano respondió este viernes 22 de diciembre ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que “no hay desacato” a la amnistía otorgada al expresidente Alberto Fujimori (1990-2000), porque las sentencias en su contra por las masacres de Barrios Altos y La Cantuta resultaron en ejecuciones en ese momento.
En un comunicado conjunto de los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Justicia, se afirmó que “El Estado del Perú respeta plenamente los tratados y decisiones del sistema de promoción y protección de los derechos humanos”.
Asimismo, en el documento Perú ratificó su “firme cumplimiento” de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que garantiza la protección de las personas y el respeto a su dignidad.
La Corte Interamericana declaró, precisamente el jueves 21, al Perú en desacato “porque (el Estado) ha cumplido la sentencia emitida por la Corte Constitucional del Perú el 17 de marzo de 2022, de restablecer la amnistía ‘humanitaria’, motivo esgrimido por el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski el 24 de diciembre de 2017” a Alberto Fujimori, “a pesar de que la Corte ya había ordenado que no debería haberlo hecho”.
En una resolución publicada el jueves, la Corte Interamericana reiteró que ordenó no implementar la amnistía porque “no cumple con los estándares del derecho internacional que deben tenerse en cuenta al ejercer el control de jurisdicción”.
En su comunicado, el Estado de Perú señaló que el 11 de diciembre solicitó al tribunal implementar un mecanismo de seguimiento reforzado, como ya sucedió.
“En el sentido anterior, no existe desacato por parte del Estado, porque las sentencias emitidas en los casos mencionados por la Corte han sido implementadas y están siendo implementadas en el marco de documentos internacionales de los que el Perú es parte. partido”, añade el comunicado.
Afirmó que el Perú presentará su cumplimiento del informe requerido en la resolución, argumentando su posición, conforme al procedimiento y dentro del plazo establecido por la Corte Interamericana, el cual venció el 4 de marzo de 2024.
La Corte Interamericana señaló que Perú “ha despreciado” la resolución sobre medidas de emergencia emitida el 5 de diciembre solicitando al Estado no liberar a Fujimori, así como las resoluciones que supervisan el cumplimiento de la sentencia del 30 de mayo de 2018. y el 7 de abril de 2022 ordenó lo mismo.
«Por lo tanto, corresponde remitirse a lo dispuesto en el artículo 65 de la Convención Americana y en el artículo 30 del Estatuto de la Corte para informar el asunto a la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos, la cual aprobó el Informe anual de la Organización de las Naciones Unidas. Estados. Corte. Interamericana en 2023”, explicó el tribunal en su resolución.
La Corte Interamericana también ordenó al Estado presentar, a más tardar el 4 de marzo de 2024, un informe sobre su cumplimiento de la obligación de investigar, juzgar y, en su caso, sancionar las violaciones graves de derechos humanos identificadas en las sentencias emitidas en los Barrios. Caso Altos y Caso La Cantuta.
El Estado deberá continuar presentando informes cada tres meses, durante el tiempo que la Corte lo considere necesario.
Fujimori, de 85 años, cumple una pena de 25 años de prisión y salió de prisión el 6 de diciembre por orden de la Corte Constitucional, pese a que la Corte Interamericana pidió moderación al Gobierno andino. hacerlo para garantizar justicia para las víctimas de violaciones de derechos humanos en los casos La Cantuta y Barrios Altos.
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