Familiares de víctimas del gobierno de Fujimori advierten que su liberación podría causar daños irreparables. En este sentido, la CIDH destaca que su liberación es una “práctica sumamente grave y urgente (…) Con el objetivo de garantizar que no se cause un daño irreparable al derecho de acceso público del caso de la víctima”.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) rechazó la decisión de la Corte Constitucional de Perú de ordenar la liberación inmediata del expresidente Alberto Fujimori. La denuncia llegó al organismo internacional a través de los familiares de los asesinados en “Barrios Altos” y “La Canuta”, quienes declararon “en situación de extrema urgencia” la liberación de las personas condenadas por homicidio agravado y lesiones graves. de las víctimas.
El recurso ante el Ministerio de Justicia peruano fue realizado por el presidente de la CIDH, Ricardo Pérez Manrique, quien pidió que el padre de Keiko Fujimori no sea liberado hasta que se analice si la decisión del juez toma en cuenta las condiciones impuestas establecidas por resolución del organismo internacional en 2022 o ¿No?, en marzo de ese año, la Corte Constitucional concedió un habeas corpus presentado por la defensa del expresidente en 2020 para confirmar el indulto que recibió.
Pero debido a la gravedad del crimen de Fujimori, CIDH Rechazó el perdón. “Asimismo, confirma que la Corte Constitucional no analizó la procedencia de la amnistía por razones humanitarias otorgada a Alberto Fujimori, con base en los criterios establecidos”, señala la resolución establecida en la Resolución de este Tribunal de fecha 30 de mayo de 2018. . .
Determinaron que la amnistía no cumplió con las condiciones fijadas por el organismo interamericano ante el cual está registrado el Perú.
Familiares de víctimas del gobierno de Fujimori advierten que su liberación podría causar daños irreparables. En este sentido, la CIDH destaca que su liberación es un asunto de “extrema gravedad y urgencia (…) Para garantizar que no se cause un daño irreparable al derecho de las víctimas a acceder a la justicia, esta presidencia considera necesario, de “De conformidad con las facultades que le otorga el artículo 63.2 de la Convención Americana, para ordenar al Estado del Perú que no ejecute la orden de la Corte Constitucional la ley peruana ordena la liberación inmediata de Alberto Fujimori.”
Pidieron que el padre de Keiko Fujimori permanezca en prisión hasta tener “todos los elementos necesarios” para analizar si cumple con las condiciones establecidas en la resolución de la CIDH del 7 de abril de 2022. En este sentido, el Instituto Nacional Penitenciario del Perú (INPE) no recibió la orden de liberación del expresidente como consta en sus protocolos.
«Al corregir este registro de firmas, que debe hacerse en la región de Lima, donde se encuentra el penal de Barbadillo, se hará efectivo el derecho a la libertad, con la firma del secretario y del juez que lo ordenó. El Tribunal Constitucional nunca ha ordenado directamente una firma; ahora lo está haciendo”, afirmó el titular del INPE, Javier Llaque.
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