El documento de dos páginas, hecho público por la embajada de Noruega en México, describe un procedimiento para que el TSJ revise las inhabilitaciones. Sin embargo, no hay garantía de que estas medidas inconstitucionales sean revocadas.
Cejas negras. La noche del jueves 30 de noviembre, representantes del chavismo y Plataforma Unitaria, Acuerdos de Barbados Acordaron el mecanismo de revisión de las inhabilitaciones políticas de los candidatos presidenciales.
La información fue dada por la embajada de México en el país intermediario, Noruega, a través de la cuenta en la red social X (antes Twitter).
Se compartió un documento de dos páginas adjunto al mensaje. El texto explica el procedimiento que deben seguir los políticos inhabilitados para solicitar la reconsideración ante la Corte Suprema de Justicia.
En primer lugar, la persona inhabilitada está obligada a acudir “personalmente” a la sede del TSJ, en particular a la Sala Político-Administrativa, para solicitar un recurso contencioso-administrativo contra la inhabilitación aplicada, junto con una solicitud de protección cautelar.
El segundo aspecto requiere que la persona participe entre el 1 y 15 de diciembre del presente año.
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El documento señala que la Cámara tomará decisiones previa solicitud con base en los principios de celeridad, eficiencia y eficacia.
Otro punto obligatorio del acuerdo es que las personas que soliciten protección en el documento presentado ante el órgano judicial no pueden ser “agresivos o irrespetuosos” con las instituciones del Estado.
El punto que genera mayor incertidumbre en el acuerdo es el punto C del apartado 4. Este apartado establece claramente que las partes se comprometen a “cumplir la decisión del TSJ que surja de este recurso dentro del marco constitucional”.
Esto significa que si el recurso es rechazado, la persona inhabilitada no puede recurrir la decisión, algo que es posible porque no constituye una garantía de que no habrá acuerdo.
También destaca que si bien se fijó un plazo (15 de diciembre) para que los políticos inhabilitados pudieran apelar, no se hizo lo mismo con el TSJ. Si bien en el documento se señala que el proceso se gestionará según los principios de “rapidez, eficiencia y eficacia”, no existe ninguna situación que obligue al órgano judicial a pronunciarse antes de plazo. En teoría, incluso es posible prorrogar la decisión hasta 2025.
Lagunas y dudas
Otro vacío se refiere a la continuidad de la posición del TSJ. Es decir, si una persona inhabilitada recibe una respuesta positiva a su solicitud de amparo, nada impide que el TSJ reconsidere o revierta su decisión en los días u horas anteriores al evento de selección.
Finalmente, el documento no menciona ni especifica qué sucederá a nivel institucional con el CNE, organismo que, pese a tener conocimiento de que se ha levantado la inhabilitación política, puede optar por ignorar la decisión y mantener a la persona en el cargo. código 7. Esto significará que la inhabilitación en el sistema continuará a pesar de la decisión positiva del TSJ.
Este acuerdo se hizo público pocas horas antes de la medianoche del 30 de noviembre, fecha límite para que Estados Unidos indicara al gobierno de Nicolás Maduro que brindaría garantías electorales para unas elecciones presidenciales competitivas en 2024.
Varios portavoces estadounidenses han advertido que si estas señales no se materializan, Washington revocará licencias temporales que permitan a Venezuela reintegrarse al mercado petrolero mundial.