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La Superintendencia Nacional de Instituciones del Sector Bancario (SUDEVAN) ha establecido el marco regulatorio para el uso de la tecnología inalámbrica de corto alcance, o NFT (Near Field Communications), que permite pagos sin contacto a través de tarjetas, instruyendo a los bancos a establecer límites diarios. Monto por uso de este instrumento.
Por banca y negocios
En la Circular N° 07735 del 27 de noviembre, la Sudeban estableció que los bancos deben presentar sus planes para implementar esta tecnología a la aprobación previa del organismo regulador y fortalecer las medidas de control para evitar prácticas fraudulentas.
El monto límite diario para pagos sin contacto deberá actualizarse al menos semestralmente – señala la comunicación – “en base a investigaciones de la Unidad de Gestión Integral de Riesgos (UAIR).
“Los montos pueden ser por una sola transacción o por la suma de varias transacciones por día, ofreciendo al cliente opciones de parametrizar cualquier medio electrónico (sin exceder los límites diarios)”.
De manera similar, la norma requiere un factor de autenticación de categoría 2 para pagos mediante tarjetas sin contacto cuando se excede el monto mínimo diario (MLID).
Asimismo, la Sudeban estableció que la tarjeta de proximidad sin contacto deberá ser “insertada en el dispositivo de pago con el fin de verificar los parámetros para autorizar la operación de pago (cédula de identidad, tipo de cuenta y contraseña) cuando el valor de la transacción o la suma del día las transacciones exceden el monto límite superior diario prescrito (MLSD).
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