En las últimas horas, la Sala Constitucional del TSJ aprobó la acción de amparo a favor del referéndum previsto para el 3 de diciembre en Esequibo, a solicitud del presidente de la AN 2020, Jorge Rodríguez.
En su decisión N° 1470, publicada este jueves, el TSJ confirmó que cualquier decisión o acto material de personas naturales o jurídicas (nacionales o extranjeras), organismos internacionales o Estados nacionales que desconozcan, no obstaculicen o intenten obstaculizar este derecho no será válido. Ejercicio de la soberanía, independencia e integridad territorial o participación política y referéndum consultivo.
Esto se produjo después de que Guyana solicitara a la Corte Internacional de Justicia que detuviera el referéndum alegando que contenía preguntas que amenazaban la anexión de su territorio.
El TSJ rechazó la validez de la Resolución de París de 1899 y confirmó que la Convención de Ginebra era el único instrumento jurídico internacional válido para resolver la disputa de 188 años sobre el territorio reclamado.
“Las relaciones internacionales de la República responden a los fines del Estado, basadas en el ejercicio de la soberanía y los intereses del pueblo; Mientras tanto, se rigen por los principios de independencia, igualdad entre los Estados, autodeterminación y no injerencia en sus asuntos internos, así como la resolución pacífica de conflictos internacionales, la cooperación, el respeto a los derechos humanos y la solidaridad entre los pueblos en lucha. para su salvación y el bienestar de la humanidad”. Sitio web.
Fue el miércoles cuando Jorge Rodríguez solicitó al TSJ una acción de conservación y le pidió acompañar la reunión de participación pública.