El TSJ aplicó a la candidata presidencial de la oposición democrática María Corina Machado la misma receta que utilizó hace ocho años para quitarle la mayoría calificada a la Asamblea Nacional electa en 2015.
“El chico malo no es castigado, se vuelve más valiente” fue utilizado por la ONG Acceso a la Justicia para describir la estrategia del TSJ, luego de que la Junta Electoral acordó dar trámite a la polémica objeción electoral presentada recientemente por el diputado José Brito. El 24 de octubre, las elecciones primarias de la oposición, celebradas dos días antes, recibieron oposición con el argumento de que supuestamente “inflaron” las cifras de participación y no permitieron a la oposición participar en este proceso.
Asimismo, el tribunal aceptó la solicitud del legislador, exdirigente del partido Primero Justicia, a quien algunos retratan como miembro de la oposición “especial”, de cancelar la consulta, declarando el amparo amparo que también ofrece. aceptable. Estas medidas fueron tomadas en la decisión número 122, cuyo contenido completo aún no ha sido publicado a pesar de haber transcurrido casi una semana desde su anuncio.
Sin embargo, el sitio web del máximo tribunal anunció que la Sala suspendió “todos los efectos de las diferentes etapas del proceso electoral realizadas por la Comisión Nacional de Primarias (CNP)”.
La decisión y el procedimiento recuerdan el período de diciembre de 2015, cuando el mismo Parlamento acordó tramitar con amparo provisional una impugnación contenciosa electoral presentada y suspendida por el oficialismo, apenas unas semanas después de que la oposición ganara las elecciones legislativas de ese año. Elección de diputados del estado Amazonas, aunque ya se hizo y se declararon diputados.
El dictamen de la Sala fue el siguiente:
“El derecho al voto, tanto en sentido activo (elegir) como en sentido pasivo (ser elegido), no se limita al simple hecho de votar o ser elegido, sino que debe extenderse al reconocimiento del mismo y, en algunos casos, En términos prácticos, el desconocimiento o la negativa a delegar el poder al funcionario electo no se limita a lo antes mencionado al magistrado electo, pues constituyó una clara violación del enunciado derecho constitucional.
Lista de quehaceres
Además de anular el triunfo de María Corina Machado, el tribunal ordenó a los organizadores del proceso electoral opositor enviar información “de la convocatoria y su constitución como Comisión Electoral” sobre las veinticinco etapas que deben regir el proceso electoral. Aprobando el calendario electoral, incluyendo el acta de aceptación de candidatura, la inscripción de las elecciones con períodos de objeción y depuración, las nominaciones con períodos de objeción y depuración, formuladas por la ciudadana que se encuentra inhabilitada definitivamente por quince (15) años, María Corina Machado; así como las renuncias del ciudadano Henrique Capriles, quien estuvo inhabilitado definitivamente por quince (15) años, Freddy Superlano, quien estuvo inhabilitado definitivamente por siete (7) años, y otros ciudadanos que decidieron renunciar a su candidatura.
También solicitó el acta de la reunión celebrada el 22 de octubre de 2023; Estos incluyen “actas de establecimiento de urnas, libros de votación, papeletas de votación, actas de escrutinio, actas de recolección regional, totales finales”. actas, actas de juicio y actas de anuncios.
También dio a los miembros del CNP tres días a partir de su notificación para presentar “un informe sobre los aspectos de hecho y de derecho, especificando el mecanismo utilizado para preservar el material electoral y el lugar designado para tal fin”.
Finalmente, la Sala informó su sentencia al fiscal general Tarek William Saab al considerar que las “numerosas y graves denuncias sobre el incidente electoral” formuladas por Brito “podrían estructurar los delitos que se alegan cometidos en su contra”. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la presunta comisión de delitos electorales y la presunta comisión de delitos comunes”.
Con información extraída de un comunicado de prensa.