La decisión de la Sala Constitucional contra la Cruz Roja es otro golpe al derecho de sindicación, que ha sido golpeado con medidas similares contra partidos políticos y sindicatos en las últimas dos décadas.
cejas negras. La Cruz Roja Venezolana se convirtió en el último juzgado civil en intervenir por parte del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en la madrugada de este sábado.
Con ello, Copei siguió haciendo crecer un grupo diverso de partidos como Acción Democrática (AD), Primero Justicia (PJ), Patria Para Todos (PPT), Podemos o Tupamaros, y sindicatos como la Federación Campesina Bolivariana de Venezuela. (FBCV) ha visto cómo se ha volcado en los últimos años a las directivas del máximo tribunal y les ha impuesto nuevas facultades.
La sentencia del Tribunal Constitucional, juicio El número 1057 ha creado revuelo entre abogados y activistas de derechos humanos, y por una buena razón, que explicaremos a continuación.
Causas
La intervención de la Cruz Roja se dio luego de que Diosdado Cabello, vicecongresista del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), criticara en su programa de televisión la actuación de Mario Villarroel, ahora exjefe de la organización humanitaria.
“Hay un señor que tiene más de 40 años en el mismo cargo y no hay manera de que lo elijan (en la Cruz Roja) (…) (…) De ahí está tramando, vino para acá. los jueces de control (TSJ’s) y quiere dejar a su hijo ya, porque la cosa es hereditaria”, cabello especificado el pasado 19 de julio
La reelección indefinida se ha logrado en el ordenamiento jurídico, gracias a funcionarios como Cabello, que apoyaron la iniciativa de reforma constitucional presentada por Hugo Chávez en 2009.
Una semana después, el MP volvió a agredir a Villarroel, quien, según denuncias de trabajadores y voluntarios, dijo estar involucrado en “actividades mafiosas” porque utilizaría los bienes de la dependencia para fines distintos a la labor médica. y también maltrataba a cualquiera dentro de la organización que cuestionara sus acciones.
“Es casi un problema de Estado”, dijo Cabello.
procedimiento de enjuiciamiento
Casi simultáneamente, el Ministerio Público anunció que abría una investigación contra Villarroel y su equipo.
Sin embargo, de existir indicios para continuar con esas investigaciones e iniciar un proceso penal contra los citados, el saliente Fiscal General designado por la Asamblea Constituyente, Tarek William Saab, optó por acudir el 2 de agosto a la Sala Constitucional para solicitar su intervención. “para facilitar el flujo de investigaciones criminales que lleva a cabo la organización benéfica”.
Saab respaldó la petición con testimonios de ocho voluntarios y ex trabajadores de la Cruz Roja, cuyas identidades ni siquiera reveló al TSJ.
“Los hechos denunciados ni siquiera generaron cargos contra los perpetradores”, dijo Ali Daniels, codirector de Acceso a la Justicia, dando a entender que la decisión podría significar un castigo anticipado para los despedidos.
En palabras similares, el constitucionalista José Ignacio Hernández resolvió que “a los denunciantes no se les garantiza el debido proceso” y que, por decisión de la Sala, “aceptó definitivamente la intervención de la Cruz Roja”, lo que resolvió el fondo del debate. .
no solo elecciones
El dictamen, elaborado por la magistrada Tania D’Amelio, no solo instruyó a Ricardo Cusanno, expresidente de Fedecámaras, quien reemplazó a Villarroel, a garantizar los servicios de la institución y convocar a elecciones, sino que también lo instruyó a lanzar una “amplia e integral elección .” diversas reestructuraciones de la Cruz Roja Venezolana con la participación de sectores de la sociedad”.
Cusanno tendrá un año para realizar “la evaluación y reorganización interna de la Cruz Roja Venezolana con miras a modernizar su estructura y funcionamiento”, pero la Cámara advirtió que su mandato podría ser “ampliado”.
Otro aspecto llamativo es que la Cámara, a diferencia de la mayoría de los partidos y sindicatos que han intervenido en las últimas dos décadas, no ha designado una junta directiva, sino que ordenó a Cusanno que la eligiera en un plazo de siete días hábiles, y que solo hayan sido elegidos” altamente reconocidos desde diversos sectores de la vida nacional”. Establecía como condición para ser “personas”.
“El punto sensible en la reestructuración de esta asociación es que se hará sin socios; esto es, por una junta impuesta por el Estado, contra la voluntad de quienes formaron la asociación de que se trate. Por otro lado, existe el riesgo de que nuevos miembros se sumen a la llamada reestructuración y luego se realicen elecciones, lo que sentará un precedente nefasto para el resto de la sociedad civil venezolana. Esto significa que en realidad se formará una Cruz Roja diferente a la intervenida no solo con nuevos funcionarios sino también con nuevos miembros”, dijo Daniels.
Rafael Uzcátegui, coordinador general del Programa de Educación-Acción por los Derechos Humanos en Venezuela (Provea), se pronunció en términos similares, luego de resaltar que la decisión no solo sacó a Villarroel de la Cruz Roja, sino que ordenó “modernizar y modernizar su estructura”. . funcionamiento”, soltó: “Se necesita otra Cruz Roja… ¿para qué?
Resultados
Si bien la Cruz Roja ha asegurado que sus ocho hospitales y 33 ambulatorios seguirán funcionando normalmente a pesar de su intervención, tendremos que esperar y ver si esto continúa en el futuro.
¿Razón? Esta organización depende de donaciones del exterior, pero estas donaciones, que el año pasado ayudaron a 440.000 personas, según la organización en ese momento, también dependen de su imagen.
La decisión del TSJ empaña la imagen de la institución y, sobre todo, pone en duda su capacidad para adherirse a los siete principios fundamentales que rigen al Movimiento de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, dos en particular, el principio de neutralidad en cualquier conflicto. y la independencia de los estados.
“Las asociaciones nacionales son organizaciones nacionales autónomas que proporcionan un marco indispensable para las actividades de sus voluntarios y colaboradores. Junto con los poderes públicos, contribuyen a la prevención de las enfermedades, la mejora de la salud y el alivio del sufrimiento de las personas mediante programas en beneficio de la sociedad en ámbitos como la educación, la salud y el bienestar social”, señala el artículo número 2 de la Estatutos del Movimiento.
El artículo 4 del mismo documento establece que una asociación nacional de la Cruz Roja debe “tener un estatuto de autonomía que le permita desarrollar sus actividades de acuerdo con los Principios Fundamentales del Movimiento”.
no solo
No se puede ignorar el contexto en el que se tomó esta decisión. El mes pasado la Junta Electoral suspendió las elecciones de dos sindicatos, así como hace apenas unos días un tribunal de Caracas condenó a seis dirigentes sindicales a 16 años de prisión, y las autoridades atacaron a activistas y organizaciones que criticaron la decisión; y finalmente, la Asamblea Nacional está debatiendo una legislación que busca bloquear, si no cerrar directamente, las organizaciones sin fines de lucro.
Este escenario encendió las alarmas en situaciones como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Misión Internacional Independiente de Búsqueda de la Verdad de la ONU para Venezuela. “espacio civil” en el país.