Algunos de los más avezados profesionales de la Ciencia Penal y la Criminología, como la doctora Blanca Rosa Mármol, exmagistrada de la Corte Suprema de Justicia y quien ha gozado de una gratificante trayectoria docente universitaria respetada, advirtieron que la inhabilitación política sólo podía resultar de un delito condena y que la persona fue enviada a prisión.
Su declaración al respecto se dio cuando fue consultada por El Impulso respecto a comunicados que la Contraloría General de la República envió a su adjunto José Brito, quien lo hizo público este viernes 30 de junio para anunciar el estatus de la ingeniera industrial María Corina Machado. , candidato a las elecciones primarias del 22 de octubre para elegir un candidato de la oposición para el cargo de general.Sistema de la República.
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Cabe recordar que el 13 de julio de 2015, la misma Superintendencia despojó a Machado de su condición por 12 meses en caso de no presentar el compromiso, aplicando el artículo 39 de la Ley Anticorrupción; pero hasta entonces no tiene sentido cumplir con ese pedido porque ella es una persona común, porque no es una funcionaria porque en marzo del año pasado su condición de diputada a la Asamblea Nacional, presidida por Diosdado Cabello, ha sido revocado
Ahora, una vez más, el regulador ha informado a la viceministra Brito que la inhabilitación de la candidata a las Primarias del 22 de octubre es de quince años por “errores y omisiones” en los estados financieros de su patrimonio. Cuando la doctora Blanca Rosa Mármol fue entrevistada sobre lo que hace que una persona sea inhabilitada para desempeñar funciones públicas, señaló:
El estatus político sólo puede derivarse de una condena penal.
Agregó que esta persona también debe haber estado en prisión.
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-Doctor, en el caso de la señora María Corina Machado, según la correspondencia que Brito dijo que le envió la Contraloría, la sanción se hizo hace mucho tiempo, pero no se dio a conocer públicamente el tiempo de este período de inhabilitación. son quince años.
-Una cosa no está muy clara, porque sé que han aplicado una medida de inhabilitación de un año, que no tiene nada que ver con esta noticia de quince años. Así que no entiende cómo sucedió esto. Hay un intervalo entre esto y aquello que, seguramente, debe ser descubierto.
En caso de que esto se haya aplicado al candidato presidencial, ¿se puede apelar ante la Corte Suprema de Justicia?
Absolutamente, porque es completamente inconstitucional. Daba igual el TSJ que tuviéramos, pero teníamos que agotar las versiones internas y luego pasar a la versión internacional.
¿Esta inhabilitación impide a la candidata continuar con sus actividades políticas públicas?
No son. El peor escenario posible es que ella sea elegida como candidata presidencial y luego el Contralor trate de decir que no puede registrarse como tal. ¨Pero, como ella está participando en la Campaña Preliminar de promoción de su candidatura, es perfectamente posible que siga desarrollando sus actividades, desconociendo lo que acabamos de decir sobre la inconstitucionalidad de su candidatura a ese término.
-¿Puede el Contralor insistir en la descalificación?
Es decir, si no hay confianza, es imposible ser descalificado.
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